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Un juez pide a la UE más protección frente a la usura de las tarjetas ‘revolving’

El magistrado cuestiona que los bancos eviten las costas judiciales al aceptar su culpabilidad en los juicios contra estas tarjetas abusivas

Tarjetas revolving
Diferentes tarjetas de crédito, en una imagen de archivo.Agencia Getty (GETTY)

“¿Compensa a un consumidor litigar contra una entidad que realiza prácticas usurarias si finalmente, aún ganando el pleito, hay que pagar los gastos del proceso?” Esta es, en síntesis, la cuestión que el magistrado de Las Palmas Juan Avello ha planteado este jueves al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y que ha llevado al juez a paralizar un litigio iniciado por una consumidora contra los supuestos abusos de una tarjeta revolving, una tarjeta de crédito de pago aplazado con intereses superiores al 20% considerada por el Tribunal Supremo como usuraria.

En el caso que expone el magistrado al TJUE, la entidad demandada (la emisora de la tarjeta) “no atendió los requerimientos previos de la afectada”, esto es, ignoró a la denunciante cuando reclamó a la empresa (antes de acudir a los tribunales) la devolución del dinero exigido de manera usuraria. En cambio, una vez la afectada denunció la situación y comenzó el litigio en el juzgado de primera instancia, la entidad liquidó el pleito mediante satisfacción extrajudicial, un acuerdo en el que admite su culpa y que exonera a la empresa de pagar las costas procesales, como recoge el artículo 22 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. La víctima, por tanto, debe asumir tanto los costes de su abogado como del procurador.

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El juez pregunta al tribunal europeo si esta regulación española no supone un “obstáculo significativo que puede disuadir a los consumidores” de acudir a juicio para denunciar una cláusula contractual abusiva, como es el caso de las tarjetas revolving, situación que chocaría contra la Directiva 93/13 de la Comunidad Europea, que reconoce al consumidor “el derecho de acudir a un juez para que se declare el carácter abusivo de una cláusula contractual y para que se deje sin aplicar”.

Desde Asufin, la asociación de usuarios financieros, celebran la actuación del magistrado, ya que coinciden en que el sistema actual es “demasiado disuasorio”, en palabras de su presidenta, Patricia Suárez. “En el momento en que no hay devolución de costas, disuades al cliente de ir a juicio y premias al banco, que está retrasando la devolución del dinero”, critica la experta. Además de posponer el pago al afectado, Suárez mantiene que las empresas se desentienden del cliente en las reclamaciones previas para forzarles a ir a juicio, porque saben que “la gran mayoría” de los afectados desistirá de ir a los tribunales.

Esta clase de tarjetas, que llegan a tener una tasa anual equivalente (TAE) superior al 27%, han sido declaradas “usurarias” en diversas ocasiones por el Supremo, la última en marzo del año pasado. Entonces, el alto tribunal fijó el 20% de interés como el límite a partir del cual se considera a una tarjeta de crédito usuraria, un tope que el Supremo considera “ya muy elevado”.

Sin embargo, un reciente barómetro de Asufin desvela que el coste medio anual de estas tarjetas revolving se situó en el 22,84% en diciembre de 2020, solo dos centésimas por debajo la tasa registrada en junio de ese año, lo que evidencia que no solo siguen superando el umbral marcado por el Supremo, sino que no han mejorado sus condiciones desde el fallo de marzo.

A raíz de la consulta, el magistrado de Las Palmas ha paralizado el juicio, que no continuará hasta que el tribunal comunitario se pronuncie, y “cuya decisión tendrá consecuencias doctrinales de relevancia nacional”, recoge el comunicado judicial. La semana pasada, el TJUE resolvió otra consulta prejuicial relativa a las revolving, cuando razonó que las directivas de protección a los consumidores comunitarias no se oponen a la normativa nacional de protección de la usura, de modo que “los Estados miembros siguen siendo competentes” para fijar el coste de máximo admisible del crédito o importe TAE.


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