El Gobierno atendió las observaciones del Consejo de Estado sobre los fondos europeos
El decreto sobre la gestión de las ayudas que finalmente se publicó cumplió con las principales críticas del informe del órgano consultivo
El Gobierno atendió prácticamente todas las “observaciones esenciales” que hizo el Consejo de Estado sobre el decreto ley para gastar los fondos europeos. Pese a que la oposición lo calificase de “demoledor” y hablase de descontrol en la gestión, el informe del Consejo de Estado fue elaborado sobre uno de los borradores previos y la versión final recogía todas las principales recomendaciones salvo la mejora de la memoria de impacto normativo, algo que en este momento se desconoce si se ha enmendado. Así lo concluye un análisis realizado por EL PAÍS con la ayuda de juristas de la Administración consultados.
Los informes del Consejo de Estado se hacen como una especie de semáforo de legalidad para cualquier legislación que redacte el Gobierno, y pueden ser preceptivos o no dependiendo del tipo de norma. Aunque se trate de un texto que intenta agilizar los fondos europeos, este decreto ley no desarrolla derecho comunitario y, por lo tanto, no era preceptivo y no hacía falta solicitarlo. Aun así, la Vicepresidencia Primera pidió el informe. Y la conclusión del dictamen era una opinión general “favorable” sobre el proyecto. Es decir: podía aprobarse introduciendo las observaciones esenciales.
Y el documento hacía varias “observaciones esenciales”. Estas son importantes porque pueden emplearse para impugnar la legislación ante el Tribunal Constitucional. Según el análisis realizado con un grupo de juristas que piden el anonimato por trabajar para la Administración, el Ejecutivo atendió prácticamente todas. Solo hay que cotejar las observaciones esenciales del Consejo de Estado con el texto legal que finalmente vio la luz. Eso sí, probablemente alguien en el Gobierno interpretó que había una bofetada al borrador y decidió escamotear el documento del Consejo incluso cuando en general se habían cumplimentado las observaciones. En el fondo, hubo un error estratégico.
También se omitió al Consejo de Estado el informe que emitió la Intervención Delegada sita en Vicepresidencia. Y el propio Consejo señala que, dado que se está legislando sobre el gasto, habría sido importante contar con un informe que ni siquiera se pidió al máximo órgano fiscalizador, la Intervención General del Estado.
Dicho esto, la versión final del proyecto restituye buena parte de la fiscalización previa y de los informes preceptivos que se habían suprimido con la intención de agilizar los fondos. “Todas las críticas importantes se han atendido”, dice un experto consultado. De todas formas, este texto se está tramitando ahora como proyecto de ley y los partidos tendrán la oportunidad de retratarse y proponer alternativas. “Han de tener cuidado porque si se pasan restableciendo controles será muy difícil gastar el dinero a tiempo”, explica un jurista. A continuación, se hace un análisis punto por punto de las observaciones esenciales.
La memoria. La primera de las recomendaciones esenciales indicaba que la memoria remitida tenía graves insuficiencias porque había una escasa justificación de la urgente necesidad para hacerlo vía real decreto ley; no se invocaban las competencias que habilitan al Gobierno para legislar sobre la materia y se incumplía la exigencia de una memoria de impacto presupuestario. Si bien reconoce sobre esto último que resulta difícil cuantificar su incidencia. Respecto a esta observación, en este punto se desconoce si se ha rectificado la memoria. Pero el resto de observaciones sí que se pueden comprobar mirando el texto publicado en el BOE.
Informes de convenios. El Consejo de Estado criticaba que con los convenios se hubiera dejado un plazo muy reducido para la emisión de informes preceptivos y que se pudiera aprobar un expediente a pesar de no haber recibido estos. Sin embargo, la redacción final eleva los plazos de cinco a siete días hábiles y señala que deben incorporarse los informes antes de suscribir el convenio. En consecuencia, se atiende la preocupación del Consejo.
Control previo. En cuanto al control previo aplicable a los fondos de la UE, el Consejo censuraba que esta fiscalización se excluyese y pedía que al menos se hiciese en un régimen de requisitos básicos. Y así lo hace el Gobierno siguiendo la recomendación en el texto publicado: fija un control de requisitos básicos que puede endurecer el Consejo de Ministros.
Tramitación de normas. El máximo órgano consultivo del Gobierno también ponía objeciones a la tramitación de las normas sobre fondos europeos. Rechazaba que se redujesen a la mitad los plazos para la remisión de informes. Y arremetía contra la posibilidad de que se pudiese aprobar la norma sin aportar los informes preceptivos porque hubiesen llegado tarde. Sin embargo, al final se tendrán que incorporar cuantos informes sean preceptivos. Y los plazos no se reducen para los casos que había identificado el Consejo de Estado.
Convenios financiables con fondos europeos. Para los convenios financiables con recursos europeos, los borradores iniciales del Gobierno suprimían los informes preceptivos, excepto el de los servicios jurídicos. Y eliminaban los controles económico-presupuestarios. Ante esto, el organismo consultivo reclamaba que la autorización de Hacienda debería mantenerse a partir de determinadas cuantías o cuando el convenio dure más de lo previsto legalmente. Y el Ejecutivo recoge que habrá autorización de Hacienda para todos los convenios que superen el umbral de seis millones de euros. Así podría interpretarse que se cumple. Pero un jurista alerta que por debajo de los seis millones queda un vacío por el que pueden colarse muchas cosas. Y otro considera que no se cumple del todo porque siguen suprimidos los controles económico-presupuestarios.
Subvenciones. El Consejo de Estado criticaba la supresión generalizada del informe de la Intervención Delegada sobre las bases reguladoras y la convocatoria. Sin embargo, en el texto final del BOE serán exigibles los informes de la intervención.
En definitiva, está corregido casi todo lo sustancial. Queda por mejorar la definición de los proyectos estratégicos, el riesgo de proliferación de los consorcios, la dispersión normativa entre comunidades o la escasez de altos funcionarios para gestionar la inmensa cantidad de recursos que entra. Pese a la polémica, el Consejo de Estado no se pronuncia sobre cuál es la estructura de gobernanza óptima de los fondos porque es una competencia de la política, pero sí que dice que “las estructuras de gobernanza previstas tampoco plantean problema alguno”, pues son “fruto de la decidida voluntad del Gobierno de acometer, con todos los medios organizativos posibles, las tareas necesarias para posibilitar la más ágil y eficaz canalización de los fondos”.
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