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Competencia avisa de que la nueva normativa de las VTC es desproporcionada

La CNMC asegura en su informe que es muy probable que el Tribunal Supremo vuelva a tumbar la regulación

Hugo Gutiérrez
Un vehículo VTC estacionado en la estación de Atocha de Madrid.
Un vehículo VTC estacionado en la estación de Atocha de Madrid.EP

La regulación de las licencias VTC (vehículos de transporte concertado), aquellas que usan por ejemplo compañías como Uber y Cabify, llevan años siendo un quebradero de cabeza para la Administración. Y este jueves la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) lo ha vuelto a poner de manifiesto al avisar al Gobierno de que la nueva normativa que limita estas licencias es desproporcionada. Además, asegura en su informe que el Supremo la puede volver a tumbar: “Es similar al declarado nulo por el Tribunal Supremo en su Sentencia de 10 de marzo de 2020 y no satisface el requisito de proporcionalidad”, recoge el documento hecho público ahora aunque tiene fecha del 18 de diciembre.

De esta forma, Competencia vuelve a cuestionar la nueva regulación que obliga a los VTC a comunicar los datos de clientes que sean personas jurídicas a un registro antes de cada trayecto. Según la medida redactada por el Ministerio de Transportes, los VTC solo podrían prestar servicios previamente contratados y estarían obligados a esa comunicación anterior al servicio, una de las reclamaciones principales de las asociaciones de taxistas a la que accedió el Gobierno tras la presión de sus protestas.

“Se recomienda que se sustituya el sistema de medidas de control proyectado por el que, dentro de los que pueden permitir alcanzar la finalidad pretendida, resulte menos distorsionador sobre la competencia. Ello redundará en un mejor resultado del mercado para los consumidores y usuarios”, concluye el informe de la CNMC. Además, señala que la normativa supone una “carga importante para los operadores a los que va dirigida y podría desincentivar el uso de este tipo de servicios de transporte”.

Entre estas alternativas “menos gravosas” destaca las recogidas por el propio Tribunal Supremo en su sentencia del pasado marzo, en la que apunta a la obligación de conservar la documentación para el control posterior de la Administración (no comunicarlo antes del servicio a un registro autonómico), así como llevar distintivos e identificaciones en los vehículos para facilitar su control, algo que ya se realiza en algunas comunidades.

Sistema similar al declarado nulo

A lo largo del informe, la CNMC advierte de las similitudes del decreto con el que ya tumbara el alto tribunal en marzo. Entonces, declaró nulas las medidas propuestas en 2017 por el entonces Ministerio de Fomento para prohibir la transmisión de licencias de VTC durante dos años, así como el artículo que obligaba a comunicar datos de los usuarios antes de cada viaje.

En este sentido, Competencia considera que el sistema propuesto por Transportes para comunicar los datos de las personas jurídicas ahora es similar al entonces anulado por el Supremo, por lo que podría correr la misma suerte dado que tienen las mismas deficiencias en materia de protección de datos.

Pese a ello, el informe del organismo regulador ha recibido el voto particular de tres de sus ocho consejeros. En estos votos particulares, sostienen que la sentencia no cuestiona la legalidad de esta obligación, siempre que la comunicación no se extienda a los datos personales de los usuarios del servicio.

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Sobre la firma

Hugo Gutiérrez
Es periodista de la sección de Economía, especializado en banca. Antes escribió sobre turismo, distribución y gran consumo. Ha desarrollado su carrera en EL PAÍS tras pasar por el diario gaditano Europa Sur. Es licenciado en Periodismo por la Universidad de Sevilla, Máster de periodismo de EL PAÍS y Especialista en información económica de la UIMP.

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