Vivienda de ‘desprotección oficial’ por culpa del IRPH
Miles de personas que compraron VPO en la primera década del siglo llevan años pagando préstamos más caros: el Supremo ha cerrado la vía judicial y ahora insisten en pedir soluciones políticas
“El mayor error de mi vida”. Así define Eduardo Villarramiel, de 49 años, la compra de su casa. Pero hace 14 años no sospechaba que algún día afirmaría algo así. En 2006 le tocó por sorteo una vivienda de protección oficial (VPO) en el barrio vallisoletano de Santos Pilarica. Dos años después, cuando el edificio se terminó, formalizó la compra. Pero al firmar la hipoteca, el piso de 60 metros cuadrados donde vive con su mujer y su hijo se convirtió para él en una “vivienda de desprotección oficial”.
Villarramiel es uno más entre el millón de personas, según cálculos de las asociaciones de consumidores, que compraron sus casas con préstamos referenciados al IRPH, un índice hipotecario que siempre resultó más caro que el euríbor (el índice mayoritario en el mercado). Pero su caso es un tanto especial porque el objetivo era adquirir una VPO. Según sus cálculos, sobre el préstamo de 83.000 euros que pidió hace 12 años, lleva pagados unos 20.000 euros en intereses. Demasiado, dice, para quien cobra una pensión de 840 euros mensuales por incapacidad permanente.
Las plataformas de afectados calculan que hay más de 300.000 familias perjudicadas de una manera u otra por la compra de vivienda protegida. Es imposible saber a ciencia exacta en cuántos de esos casos se firmó una hipoteca con IRPH, ya que esas asociaciones incluyen otras reivindicaciones como la devolución de las subsidiaciones, una ayuda mensual que el Gobierno suprimió en 2013. Pero cabe suponer que son muchos porque fue la propia Administración la que, a través de diferentes planes estatales de vivienda, determinó hasta 2008 el uso de ese índice hipotecario que ha resultado mucho más oneroso.
Lejos de suponer una ventaja, puesto que la adquisición de una vivienda social significaba un reconocimiento de cierta vulnerabilidad, su situación se ha convertido en un callejón casi sin salida. Si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) abrió en marzo la posibilidad de anular las cláusulas que imponían el IRPH, el Tribunal Supremo acaba de sentar jurisprudencia avalando la actuación de las entidades. Las sentencias dejan alguna pequeña rendija para los compradores del mercado libre (decían que los casos analizados no eran abusivos, aunque faltó cierta transparencia al negociar), pero sellaron completamente el camino a los de VPO. La sala primera del Supremo, por unanimidad, resolvió un recurso asegurando que el índice hipotecario lo determina la normativa, publicada en el BOE, y por tanto no es poco transparente ni abusivo. Fuentes de la banca coinciden que “las entidades se limitaban a seguir las condiciones fijadas por la Administración, como recuerda el Supremo”.
Compradores confiados
David González Serrano, quien defendió los intereses del cliente bancario en ese recurso, muestra su disgusto con el fallo: “El Supremo se lo ha despachado bastante rápido”. El abogado, con despacho en Cáceres, destaca que su defendido adquirió la vivienda en 2009. Como desde ese año los programas de vivienda protegida empezaron a referenciarse al euríbor, podía hacer dos cosas: pedir un préstamo nuevo acogiéndose al último plan o subrogarse en el préstamo anterior del promotor, vinculado al IRPH porque era del plan 2005-2008. Hizo lo segundo; pero González cree que “si eso se le hubiera explicado, obviamente hubiera optado por la otra opción” porque el euríbor era ya mucho más barato. El abogado añade que este tipo de clientes firmaban confiados “en que las condiciones que iba a tener su vivienda iban a ser mejores que las del mercado libre”.
Coincide con ese punto de vista el relato de Karina Brizuela, quien compró en 2009 una vivienda protegida en una pequeña población asturiana. Lo hizo también subrogándose en el préstamo promotor. “No nos dijeron que hubiera más opciones y pensamos que esa era la mejor porque estaba regulada por el Estado”, cuenta al teléfono, como el resto de personas consultadas. Esta mujer de 47 años asegura que tanto ella, que tiene un contrato eventual en la docencia, como su marido, que es autónomo, son especialmente vulnerables a la crisis actual. El hogar lo completan dos hijos que están estudiando, por lo que cualquier alivio sería bienvenido para afrontar una letra que ronda los 480 euros mensuales y que “al principio, casi la mitad era de intereses”.
Cerrada la vía judicial, las asociaciones de afectados creen que la única solución puede venir de la política, ya que es donde se encuentra el origen del embrollo. El actual defensor del pueblo, Francisco Fernández Marugán, ha emitido dos recomendaciones instando al Gobierno a “promover las modificaciones normativas oportunas” para sustituir el IRPH por el euríbor en las hipotecas. La última es del pasado marzo, tras conocerse la sentencia del TJUE. La primera, rechazada por el entonces Ministerio de Fomento, es de 2017. Ese mismo año, el PSOE impulsó desde la oposición una proposición no de ley en el mismo sentido. Fue aprobada en la Comisión de Fomento del Congreso con apoyos de Podemos, Ciudadanos y Compromís.
Respuesta “decepcionante”
El pasado julio, el diputado de Compromís Joan Baldoví dirigió una pregunta parlamentaria al Ejecutivo sobre si pensaba cumplir esa proposición. El Gobierno respondió que “los tipos de interés previstos en los contratos de préstamo no se fijan por disposición pública, sino que son el resultado de la operatividad del principio de libertad de pactos entre prestamista y prestatario”. Fuentes del Ejecutivo señalan que “las sentencias del Supremo dicen que el IRPH no es abusivo per se” y que “en su momento y ahora es una referencia absolutamente válida”. Para Baldoví, la respuesta que obtuvo su pregunta fue “decepcionante” e insistirá de nuevo. “Lo único que pedimos al Gobierno, y al PSOE, es que sea coherente con aquello que pidió hace dos años y medio”, sostiene el diputado.
La contestación tampoco satisface a las asociaciones de afectados, que creen que no se atiene a lo que se preguntaba. “Las modificaciones anuales que se producen en los tipos de interés son una disposición administrativa del Ministerio”, explica Ángel de Sancha, abogado de la plataforma Vivienda Protegida Sí. Puesto que la normativa estatal contempla un coeficiente reductor sobre el índice aprobado, cada año por acuerdo del Consejo de Ministros se publica una resolución que fija los tipos de interés. Los de este 2020 son del 1,66% para las VPO del plan 2005-2008, mientras que el euríbor está en negativo (por lo que solo se pagaría el diferencial que aplique la entidad). La mayor diferencia entre ambos índices, en torno a los 2,5 puntos, se alcanzó en 2014.
El diputado Baldoví cree que se debe “fijar un nuevo método de cálculo” para que el precio de esos préstamos “no supere nunca el del mercado libre”; y González, el abogado de Cáceres, ve margen legal para hacerlo “modificando las órdenes ministeriales que bonifican al IRPH”. Es decir, que si no se suprime ese indicador, al menos el Gobierno le aplique una mayor reducción para compensar la diferencia con el euríbor. De Sancha cree que hay que ir más lejos. “El instrumento legislativo es importante”, señala, y por eso pide “que se vote en Cortes una ley reparadora del daño causado a todos los afectados en su derecho constitucional a la vivienda”.
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