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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Karlsruhe y nuestros derechos

La sentencia del Tribunal Constitucional alemán, que ha cuestionado la compra de deuda pública por parte del BCE, supone un ataque frontal a la primacía del derecho europeo.

Andreu Missé
Sede del BCE
Sede del BCEEFE

La sentencia del Tribunal Constitucional alemán, con sede en Karlsruhe, que ha cuestionado la compra de deuda pública por parte del Banco Central Europeo, supone un ataque frontal a la primacía del derecho europeo.

Deslegitimar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), cuyas sentencias son vinculantes para los tribunales nacionales, es una grave decisión para los ciudadanos polacos y húngaros, cuyos derechos fundamentales están amenazados, pero también para los españoles.

Entre 1976 y el 31 de mayo de 2019 el TJUE ha dictado 92 sentencias sobre derecho de consumidores respondiendo a preguntas de jueces nacionales sobre si su derecho era conforme al europeo, más protector. Los españoles han sido los principales beneficiarios del TJUE al recibir 27 de las mencionadas sentencias, el 29%, el triple del peso de la población española en la UE. Un clamoroso reflejo a las deficiencias de nuestro derecho. El concepto de derecho de consumo puede despistar por parecer poco relevante, pero incluye ámbitos sustanciales como el derecho a la vivienda, “fundamental” en la Unión desde 2014.

Las sentencias europeas han exigido la reforma de muchas leyes españolas elevando la protección de los ciudadanos ante los poderes económicos. Ha sido un proceso difícil debido a la resistencia del Tribunal Supremo a aplicar el derecho europeo. Los jueces han tenido que recurrir al tribunal de Luxemburgo reiteradamente. En materia de desahucios hay más de diez pronunciamientos.

Estos mismos días tenemos un nuevo ejemplo de la necesidad de insistir. El magistrado Francisco González de Audicana, del Juzgado de Primera Instancia 38 de Barcelona, ha anunciado que presentará una nueva cuestión prejudicial sobre el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios). El juez considera que la sentencia del TJUE del pasado 3 de marzo, consecuencia de una pregunta suya de 2018, “no es suficiente para resolver el asunto”.

En base a la sentencia del TJUE, más de una decena de sentencias de magistradas de primera instancia, recogidas puntualmente por la asociación Asufin, habían anulado este índice, que ha encarecido cientos de miles de hipotecas, por considerarlo abusivo. Justifican la nulidad “por incumplimiento de la normativa comunitaria sobre transparencia”. Los jueces de primera instancia, representan el frente modernizador de la justicia al aplicar el derecho europeo que tiene más en cuenta a los ciudadanos.

Las dudas han sido suscitadas por las sentencias posteriores de las Audiencias de Barcelona, Sevilla y Granada, de rango superior, que asumieron las tesis del Tribunal Supremo que fueron rebatidas por el TJUE. Los jueces europeos validaron los razonamientos discrepantes de los magistrados del Alto Tribunal, Francisco Javier Orduña y Javier Arroyo. La insistencia del juez Audicana está muy justificada.

Estos días las abogadas Verónica Dávalos y Maite Ortiz han publicado un categórico manifiesto “Europa manda” en el que profundizan en el carácter abusivo del IRPH como ya hicieron la Comisión Europea y el Abogado General Maciej Szpunar. Sin el TJUE, la justicia de este país seguiría bendiciendo la expulsión de familias de sus casas por no pagar una sola cuota.

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