Ningún inversor extracomunitario podrá comprar más del 10% de una cotizada española ni tomar su control
El Gobierno blinda a las multinacionales del Ibex 35 frente a las opas hostiles extranjeras
El Gobierno ha anunciado, como parte del paquete de medidas económicas aprobado este martes en el Consejo de Ministros, un blindaje de las empresas cotizadas españolas para evitar opas hostiles procedentes de inversores del exterior de la zona euro. La medida de emergencia se adopta ante el desplome de las principales firmas del Ibex 35, un índice que ha perdido el 30% de su valor desde el inicio de la crisis de la Covid-19.
El decreto del Gobierno, al que ha tenido acceso EL PAÍS, señala que el impacto de la crisis global desencadenada por la Covid-19 sobre los mercados bursátiles mundiales y, en particular, sobre la bolsa española, cerca de un 30% en apenas tres semanas, “supone una amenaza cierta para las empresas españolas cotizadas, pero también para las no cotizadas que están viendo mermado su valor patrimonial, muchas de ellas de los sectores estratégicos de nuestra economía, de que se lancen operaciones de adquisición de las mismas por parte de inversores extranjeros”.
Por eso, ante “la extraordinaria y urgente necesidad de acometer con urgencia” el actual modelo de control de las inversiones extranjeras directas (IED), el decreto introduce una disposición final que modifica la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior, añadiendo un nuevo artículo 7 bis.
En este nuevo artículo se establece que las IED, esto es aquellas realizadas por inversores residentes en países fuera de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio, quedan suspendidas por motivos de seguridad pública, orden público y salud pública, en los principales sectores estratégicos de nuestro país, cuando como consecuencia de la inversión el inversor pase a ostentar una participación igual o superior al 10% del capital social de la sociedad española, o cuando como consecuencia de la operación societaria, acto o negocio jurídico se tome el control del órgano de administración de la sociedad española.
Asimismo, quedan suspendidas aquellas inversiones que, dándose las circunstancias antes señaladas de participación en el capital social y toma de control, procedan de empresas públicas o de control público o de fondos soberanos de terceros países.
Pánico a una opa hostil
La medida era una de las más reclamadas por los gestores de las mayores multinacionales españolas que, dada su baja cotización, se veían vulnerables ante cualquier oferta de compra de inversores extracomunitarios, especialmente de China y Estados Unidos, cuyos mercados bursátiles no han tenido un comportamiento tan dramático como el español.
La medida se une además a la prohibición de los cortos –apuestas bajistas sobre acciones–, a partir de este martes y durante un mes, decretada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Las principales empresas privadas del Ibex por capitalización perdían hasta el inicio de la sesión de este martes, desde el pasado 21 de febrero, cerca de 170.000 millones de capitalización. La lista la encabeza Inditex (-38.000 millones), Santander (-31.600 millones), Iberdrola (-19.200), BBVA (-19.300), Telefónica (-17.000 millones), Amadeus (-12.600 millones), IAG (-10.000 millones), Repsol (-8.700), Ferrovial (-8.000) y CaixaBank (-6.800).
Sectores estratégicos
En cuanto a las empresas afectadas por estas restricciones, el Real Decreto considera sectores estratégicos las infraestructuras críticas, ya sean físicas o virtuales, lo que incluye las infraestructuras de energía, transporte, agua, sanidad, comunicaciones, medios de comunicación, tratamiento o almacenamiento de datos, aeroespacial, de defensa, electoral o financiera.
Asimismo, incluye las instalaciones sensibles, así como terrenos y bienes inmuebles, que sean claves para el uso de dichas infraestructuras, entendiendo por tales las contempladas en la Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de las infraestructuras críticas.
Asimismo, también engloba tecnologías críticas y productos de doble uso como la Inteligencia Artificial (IA), la robótica, los semiconductores, la ciberseguridad, las tecnologías aeroespaciales, de defensa, de almacenamiento de energía, cuántica y nuclear, así como las nanotecnologías y biotecnologías.
En esta línea, también se consideran estratégicos los suministros de insumos fundamentales, en particular energía o los referidos a materias primas, así como a la seguridad alimentaria. Además, incluye los medios de comunicación y sectores con acceso a información sensible, en particular a datos personales, o con capacidad de control de dicha información.
El Real Decreto también añade que e Gobierno podrá suspender el régimen de liberalización de las inversiones extranjeras directas en España en aquellos otros sectores no contemplados anteriormente "cuando puedan afectar a la seguridad pública, orden público y salud pública".
El texto recoge que este tipo de operaciones de inversión están sometidas a la obtención de autorización y recoge que aquellas llevadas a cabo sin la preceptiva autorización previa carecerán de validez y efectos jurídicos.
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