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Las claves del auto del ‘caso Puigdemont’

Los jueces alemanes descartan el delito de rebelión por falta de violencia pero sí admiten posible malversación al tiempo que descartan el riesgo de que el ‘expresident’ sufra en España una persecución política

El expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, el pasado 15 de mayo en Berlín.Vídeo: Markus Schreiber (AP) | EL PAÍS
Luis Doncel

Pudo haber malversación, pero de ninguna forma rebelión. La Justicia alemana responde así a la petición de España de extraditar al expresident catalán, Carles Puigdemont, por el procés que desembocó en el referéndum ilegal de independencia del pasado 1 de octubre. Los jueces de la Audiencia Territorial del Estado de Schleswig-Holstein dedican la mayor parte de las 21 páginas de la resolución a explicar que desechan la rebelión –alta traición, según el Código Penal alemán- porque no detectan el grado de violencia que exigen tanto la legislación española como la alemana para la comisión de este delito.

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Sí ven, en cambio, la posibilidad de que Puigdemont incurriera en un delito de corrupción, pero “en todo caso” solo como malversación por destinar fondos públicos a la organización de una consulta ilegal. La Audiencia alemana descarta, además, el riesgo de que el político catalán vaya a sufrir una persecución política en España. Estos son los principales aspectos que aborda el auto.

Una de cal y otra de arena. El texto critica los datos suministrados por las autoridades españolas, al hablar de “informaciones contradictorias”; pero al mismo tiempo dice “recelar” de la acusación de Puigdemont de que el Estado español esté abusando de una acusación penal para perseguirle por motivos políticos.

Euroorden “atípica”. Los jueces alemanes también califican de “atípica” la euroorden cursada por las autoridades españolas, y muestran su sorpresa por que la narración comience en la primavera de 2015, pese a que los hechos susceptibles de ser delictivos se produjeron entre el 6 de septiembre y el 1 de octubre de 2017. La resolución también recoge la dificultad de este proceso y las distintas traducciones que se han tenido que hacer del español al alemán para justificar que la euroorden haya requerido más de los habituales 60 días.

El orden español no estuvo amenazado. En una explicación que ocupa 11 de las 21 páginas del auto, el tribunal considera que el acusado, según la ley alemana, no ha cometido ni el delito de “alta traición” ni el de “perturbación del orden público”.

A continuación, los jueces recuerdan que para acusar a alguien de alta traición es necesario, según el artículo 472 del Código Penal español, que esta haya sido “violenta y pública” y, según la correspondiente norma alemana, también hace falta la comisión de violencia. “Es dudoso que el acusado haya perseguido el objetivo de separar Cataluña del Estado central español con violencia”, asegura la resolución, que recuerda que Puigdemont persiguió la legitimación de la independencia a través de “medios democráticos, como la celebración de un referéndum”. El hecho de que Puigdemont dijera en septiembre de 2017 que no iba a ser posible “lograr la independencia de Cataluña con medios democráticos” no implica que el entonces president sugiriera que “la única salida posible fuera un golpe de Estado violento”, interpreta el texto.

La clave para no atribuir el delito de rebelión radica en que “los acontecimientos del 1 de octubre de 2017 no alcanzaron el grado de violencia necesario”. Los jueces recuerdan que la jurisprudencia del Tribunal Supremo alemán establece que se puede acusar de alta traición a los impulsores de “luchas revolucionarias” que generen víctimas o circunstancias caóticas, pero no “manifestaciones, convocatorias de boicot o huelgas”. “Después de varias comprobaciones, no tenemos una demostración positiva de que las instituciones españolas no pudieran resistir la presión ejercida en el día del referéndum”, concluye la resolución, que duda de que las “acciones individuales” de unos cuantos –como los actos lesivos contra la Policía Nacional- amenazaran el orden del Estado español. Los jueces alemanes hacen sus cuentas: de los 2.259 colegios electores en el referéndum del 1 de octubre, solo hubo disturbios en 17. Y de los 6.000 policías nacionales implicados, solo resultaron heridos 58.

Los jueces también consideran que, con el referéndum, Puigdemont no pretendía lograr la secesión sino que solo era “el preludio para entablar nuevas negociaciones” con las autoridades españolas.

Oídos sordos al Constitucional. El tribunal no ve justificación para acusar de rebelión a Puigdemont, pero sí de corrupción. “Es evidente que el acusado quiso pagar con el presupuesto público los costes inherente a la celebración del referéndum evidentemente”, dice el texto, que recuerda cómo el Gobierno catalán autorizó a sus funcionarios “adoptar todas las decisiones necesarias para llevar a cabo el referéndum”. Con esta decisión, Puigdemont pasó por alto lo dictaminado por el Tribunal Constitucional español, recuerdan los jueces. Estos admiten que los distintos datos suministrados por las autoridades españolas sobre los pagos del Gobierno catalán para sufragar una consulta ilegal no han sido siempre coherentes, pero esto, en contra de lo que sostiene Puigdemont, no basta para no anular la extradición por el delito de malversación.

Confianza absoluta en la Justicia española. En su exposición final, los firmantes del auto reiteran su “confianza absoluta” en la Justicia española. “La idea de que el Estado español, miembro del espacio de derecho común de la UE, pudiera abusar de un proceso penal para castigar al perseguido solo por convicciones políticas le parece a este tribunal fuera de lugar”, aseguran. También consideran los jueces alemanes “inimaginable” que, como sostienen Puigdemont y sus defensores, la Justicia española vaya a juzgarle por rebelión, en contra de los procedimientos de la euroorden.

No a la Fiscalía. Los jueces también rechazan la petición de la Fiscalía General de reactivar la orden de detención de Puigdemont. “El aliciente del acusado para darse a la fuga no se incrementa con la decisión de este tribunal”, aseguran. Además, destacan que el expresidente ha cumplido fielmente todas las obligaciones que se le han impuesto y que ha repetido que aceptaría la decisión del a justicia alemana. El condenado, creen los jueces, “no podría permitirse la pérdida de imagen pública que supondría una fuga”.

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Sobre la firma

Luis Doncel
Es jefe de sección de Internacional. Antes fue jefe de sección de Economía y corresponsal en Berlín y Bruselas. Desde 2007 ha cubierto la crisis inmobiliaria y del euro, el rescate a España y los efectos en Alemania de la crisis migratoria de 2015, además de eventos internacionales como tres elecciones alemanas o reuniones del FMI y el BCE.

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