La Audiencia de Madrid también da la razón a Bankia frente a la demanda de Iberdrola por la salida a Bolsa
El tribunal desestima el recurso que interpuso la eléctrica, que reclamada 12,4 millones de euros en pérdidas
La Audiencia Provincial de Madrid ha dado este jueves la razón a Bankia frente a la demanda de Iberdrola por las pérdidas sufridas de 12,4 millones de euros en el proceso de salida a Bolsa de la entidad bancaria. El tribunal desestima el recurso que interpuso la eléctrica contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 89 de Madrid el pasado año, que también falló a favor del banco. Iberdrola reclamó en base a la sentencia del Tribunal Supremo que consideró que la contabilidad de Bankia no reflejaba la situación de la entidad. El alto tribunal determinó que se devolviera el dinero a los pequeños accionistas, pero no a los institucionales —como el caso de la eléctrica— porque consideraba que tenían más elementos para acceder a la información.
Bankia ganó el primer pulso en Madrid entre ambas compañías en marzo de 2017, cuando fue desestimada la demanda de Iberdrola. El Juzgado de Primera Instancia número 89 consideró que la energética pudo tener indicios del riesgo de su inversión al decidir acudir a la Oferta Pública de Suscripción (OPS) de acciones lanzada por la entidad en 2011, ya que unos días antes de la operación las agencias de rating Moody's y Fitch rebajaron la calificación crediticia del banco, lo que fue comunicado por Bankia a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en hechos relevantes. De hecho, las agencias de calificación llegaron a calificar a la entidad en bono basura.
Iberdrola decidió entonces presentar un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid alegando que los ratings sobre la entidad no alertaban sobre la falsedad de los estados financieros del banco, sino que eran "buenos" y se basaban en la hipótesis de que la contabilidad "era correcta". En la nueva sentencia, la Audiencia Provincial de Madrid desestima este recurso de apelación y confirma "íntegramente" la sentencia favorable a Bankia dictada en marzo de 2017, con imposición de costas a Iberdrola. La eléctrica cuenta ahora con un plazo que finaliza el 31 de julio para interponer un recurso extraordinario por infracción procesal o un recurso de casación.
La Audiencia Provincial de Madrid considera a Iberdrola "un inversor profesional" y, según una directiva europea, la información proporcionada por el folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores "no se requiere para las ofertas limitadas a los inversores cualificados".
Además, el juez indica que "no puede afirmarse que la voluntad de Iberdrola se haya formado a partir de una creencia inexacta sobre la situación financiera y patrimonial de Bankia ni que la información económica-financiera reflejada en el folleto informativo resultara decisiva para que el inversor pudiera adoptar su decisión". También afirma que Iberdrola conocía las características y riesgos vinculados a la emisión y que disponía de la información necesaria sobre las circunstancias del emisor y los derechos inherentes a los valores para hacer una evaluación de los activos y pasivos, la situación financiera, beneficios y pérdidas, así como de las perspectivas del emisor.
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