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La Audiencia Nacional condena a entre dos y cuatro años de cárcel a la cúpula de la CAM

Roberto López Abad y Dolores Amorós reciben una pena de tres años de prisión por falsear las cuentas de la entidad

Banquillo de los acusados del juicio del caso del saqueo de la CAM.Foto: atlas | Vídeo: KIKE PARA | ATLAS
Fernando J. Pérez

La Audiencia Nacional ha condenado este martes a cuatro directivos de la extinta Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) por falsear las cuentas de la entidad para "maquillar" su situación de quiebra durante la crisis económica. Los condenados son los ex directores generales de la caja alicantina Roberto López Abad y María Dolores Amorós Amorós (tres años de prisión); el ex director general de Planificación y Control, Teófilo Sogorb (cuatro años de cárcel) y el ex director general de Inversiones y Riesgos Francisco José Martínez (dos años, nueve meses y un día). Los otros cuatro exdirectivos acusados en la causa, Modesto Crespo, Vicente Soriano, Juan Luis Sabater y Salvador Ochoa, han resultado absueltos.

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La sentencia, de 310 folios, considera probado que en el primer trimestre de 2011, los cuatro condenados hicieron reflejar en sus comunicaciones al Banco de España unos beneficios de 39,7 millones de euros cuando en realidad las pérdidas eran de 1.163,4 millones y el ratio de morosidad alcanzaba el 19%. Esa disparidad de cifras, recuerda el tribunal "constituyó uno de los motivos relevantes para la intervención de la entidad, por los riesgos que suponía para el sistema financiero en su conjunto". La CAM, que llegó a ser la cuarta caja de ahorros de España y financió algunos de los proyectos más megalómanos de los Gobiernos valencianos del PP, especialmente con Francisco Camps, se vio fuertemente lastrada por su exposición al ladrillo.

En la causa se han dirimido delitos de falsedad contable y falsedad en la información a los inversores. Los acusados han sido absueltos de los delitos de estafa, apropiación indebida y administración desleal por las remuneraciones que se fijaron como miembros del Comité de Dirección. Según la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia, hay una "total ausencia de prueba del acto engañoso".

El tribunal acuerda también absolver a la Fundación CAM, Banco Sabadell y la aseguradora Caser de las responsabilidades civiles que se les reclamaban, ya que las conductas delictivas de las que se derivaban no han quedado probadas. No obstante, indica la sentencia, esas responsabilidades se pueden seguir exigiendo en la vía civil. El tribunal tiene el "convencimiento" de que "la crisis y definitiva desaparición de la CAM como negocio financiero no se debió solo a la actuación irregular de los acusados, sino que deriva de un entorno de crisis económica general".

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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