La CNMC, dividida en el proyecto sobre los peajes de gas
La consejera Zenarrutzabeitia pide que sea el regulador el que fije los precios y no el Gobierno


Nueva división de opiniones en el seno de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Esta vez ha sido en la sala de la sala de Supervisión Regulatoria, donde el proyecto de Real Decreto por el que se regula el Sistema de Gas Natural que da potestad de fijar los peajes de acceso a las infrastructuras de transporte y regasificación al Ministerio de Energía recibió el voto particular en contra de Idoia Zenarrutzabeitia frente a la posición de la presidenta, María Fernández (vicepresidenta de la CNMC) y los otros tres consejeros el pasado 13 de junio. Se da la circunstancia de que dos de ellos (Diego Rodríguez y Eduardo García Matilla) estaban de salida, aunque todavía en ejercicio.
Según el voto particular de la consejera vasca, la modificación introducida en el proyecto, “es contraria a la normativa comunitaria teniendo en cuenta el expediente abierto contra el Reino de España por la incorrecta transposición de las directivas de gas y electricidad al ordenamiento jurídico español”. Por ello, pide “suprimir la disposición final relativa a peajes y cánones”.
A su juicio, es la autoridad regulatoria independiente (es decir, la CNMC), la que debe determinar “la retribución de las actividades reguladas que se financien con cargo a peajes, la estructura de las tarifas, las condiciones de aplicación de las mismas y las reglas de asignación de la retribución de los precios regulados”. Zenarrutzabeitia subraya que la propia Memoria que acompaña al proyecto reconoce la necesidad de adecuar la normativa nacional a la europea y, al respecto, cree que no se considera adecuada la justificación del previsible retraso en la tramitación de la ley.
</CF>Asimismo, destaca que recientemente ha sido aprobado un código sobre la armonización de las estructuras tarifarias de transporte de gas y, según este, los peajes definidos en el proyecto de real decreto “incumplirían el reglamento”. Este reglamento no modifica las competencias atribuidas a la autoridad reguladora, sino que clarifica el alcance de las competencias, que se extienden al resto de actividades reguladas: regasificación, distribución y almacenamiento subterráneo.
Tampoco es apropiado, sostiene, emplazar a la CNMC a definir la metodología de asignación de costes de peajes y cánones cuando el marco no cumple los preceptos de la normativa comunitaria.
La consejera recuerda que una sentencia del tribunal de Justicia Europeo de octubre de 2009 declaró que el Reino de Bélgica había incumplido las obligaciones que le incumbían al haber conferido a una autoridad distinta a la reguladora la competencia para definir elementos decisivos para calcular la tarifa.
Por último, el voto particular señala que no s e incluye una valoración económica del impacto beneficioso que generaría la introducción de nuevos peajes que se justifican en la Memoria.
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