Competencia sanciona a cuatro eléctricas por formalizar contratos sin consentimiento del cliente
La CNMC impone multas a Endesa, Iberdrola, Gas Natural y Viesgo por 155.000 euros en total

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Endesa Energía (100.000 euros); Iberdrola Clientes (30.000 euros); Gas Natural Servicios (10.000 euros); y Viesgo Energía (15.000 euros) por formalizar contratos sin el consentimiento de varios clientes.
La CNMC ha resuelto estos expedientes tras recibir siete reclamaciones de usuarios que presentaron sus denuncias directamente ante la Comisión o a través de las oficinas municipales de información al consumidor. En estos casos, los clientes denunciaron haber sufrido un cambio de comercializador (compañía que ofrece los servicios de gas y/o electricidad) sin haber dado su consentimiento, según ha informado este jueves el organismo en un comunicado.
En consecuencia, Competencia procedió a la apertura de un periodo de información previa y, en atención a las circunstancias de cada caso, se abrieron los correspondientes expedientes sancionadores a estas cuatro comercializadoras de electricidad y gas natural por incumplir, en el sector eléctrico, el artículo 66.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el sector de hidrocarburos, el artículo 111.d) de la Ley 34/1998, de 7 de octubre.
La normativa establece el derecho del consumidor para elegir suministrador, y asimismo, las comercializadoras de electricidad y gas natural deben cumplir los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes. La CNMC ha acreditado que en los casos sancionados, las compañías no respetaron el procedimiento de contratación y no contaron con el consentimiento de los clientes.
Competencia ya publicó en 2015 una serie de recomendaciones para fomentar las buenas prácticas entre los clientes y las comercializadoras de gas y electricidad, cuando se realiza un cambio de suministrador en los contratos de gas y/o electricidad de los usuarios.
Captación de clientes casa por casa
Entre otros aspectos, la CNMC recomienda a las comercializadoras que eviten la captación de clientes a través de canales de venta domiciliaria y la contratación telefónica —especialmente en el caso de consumidores vulnerables y personas mayores—. También recuerda que deben identificarse de manera clara ante el consumidor y evitar prácticas o mensajes que generen confusión, entre otros.
Finalmente, la CNMC ha impuesto cinco multas de 20.000 euros a Endesa Energía en cuatro expedientes distintos, una multa de 30.000 euros a Iberdrola Clientes, una multa de 10.000 euros a Gas Natural Servicios y una multa de 15.000 euros a Viesgo Energía.
Estas resoluciones anunciadas hoy pueden ser recurridas ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional cuarta, 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
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