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Cláusula suelo: ¿Cómo le afecta la nueva sentencia del Supremo?

La sentencia se adapta a la decisión de la justicia europea

Oficina del BBVA en el Paseo de Gracia de Barcelona.
Oficina del BBVA en el Paseo de Gracia de Barcelona.EL PAÍS

Otra vez los tribunales han vuelta a fallar contra la banca en las cláusulas suelo. Esta última vez ha sido, concretamente, contra el BBVA, al que el Tribunal Supremo le obliga a devolver todo lo cobrado por una de estas cláusulas, consideradas abusivas, y no solo desde mayo de 2013. La sentencia atañe al caso de una hipoteca suscrita con Unnim (entidad que agrupaba a distintas cajas de ahorro catalana que fue adquirida por BBVA) en 2005. Ha sido el último jalón en un conflicto que ya viene de largo en el que estas son sus principales claves.

¿Qué supone este último fallo?

El dictamen del Supremo canceló en 2013 todas las cláusulas suelo al considerarlas abusivas. Pero, entonces, fijó su nulidad el 9 de mayo de 2013 —y no en 2009, cuando las entidades empezaron a aplicarlas—, para proteger a la banca del impacto de las devoluciones cuando apenas pasaban unos meses del rescate financiero europeo. El TJUE amplió esa fecha y recalcó que se declaran nulas todas las cláusulas suelo de todas las entidades financieras. El Supremo ratifica ahora la decisión de la justicia europea. Se calcula que los bancos deberán devolver entre 3.000 y 5.000 millones. El Banco de España lo ha cifrado en 4.200 millones como máximo si todas devolvieran todo el dinero.

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El Supremo rechaza los argumentos que ofrecía el BBVA que pedía que, en su caso, no se aplicara retroactividad. Argumentaba la entidad que sus cláusulas suelo ya fueron juzgadas por el Supremo en 2013 y el tribunal estableció que debía cancelarlas desde mayo de aquel año. Los jueces rechazan la alegación de "cosa juzgada". Explican que la sentencia de 2013 no puede aplicarse a esta hipoteca, porque no es una hipoteca original del BBVA y el texto de la cláusula era diferente. Añaden también que este caso es una denuncia individual y no colectiva como la de 2013. Este argumento jurídico se traduce así: se abre la posibilidad de que a los clientes de BBVA que reclamen de forma individual no se les aplique el límite de 2013.

¿Qué es una cláusula suelo?

La mayoría de hipotecas en España están referenciadas al euríbor. Se trata de una tasa de intereses que se calculan a nivel europeo y que fluctúa constantemente. Los bancos, cuando conceden un crédito, por regla general, exigen en la devolución el pago de ese euríbor más un diferencial. Un préstamo a euríbor+1 significa que tiene los intereses del euríbor y un punto extra en los tipos de interés. Esto se revisa cada año y con ello la letra mensual a pagar según la cotización del euríbor, que no es más que un índice al que supuestamente los bancos se prestan el dinero entre ellos.

La cuestión es que, ante la fluctuación constante del euríbor, en muchas hipotecas se incluyeron cláusulas de suelo y techo. Significaba que estos contratos crediticios recogían unos topes máximos sobre los que los intereses no crecerían aunque el euríbor subiera por encima (techo) y unos topes bajo los que los intereses nunca podrían reducirse (suelo).

¿Por qué se ponen en duda las cláusulas suelo?

Porque la justicia considera que eran abusivas y no se explicaron bien sus efectos a los clientes. El euríbor alcanzó su máximo de la década en 2008. En verano de aquel año superó el 5%. Significó que, para hipotecas firmadas a euríbor+1, los deudores pagaban más del 6% de interés. ¿Actuaban entonces las cláusulas techo? En general, no llegaron a activarse, porque los contratos de las entidades los habían colocado de media en el 13%.

El euríbor, desde 2009, comenzó una bajada vertiginosa. Sin embargo, muchos hipotecados dejaron de ver bajar sus cuotas. ¿Por qué? Porque el euríbor se situó por debajo del 3% e incluso por debajo del 1% al final del año. Y los contratos donde había cláusulas suelo sí se activaron. Las limitaciones estaban fijadas, en general, entre el 2% y el 3%, un porcentaje que era fácil de alcanzar, especialmente en comparación con el nivel tan elevado marcado en los techos.

La bajada del euríbor activó las demandas

Ante la imposibilidad de miles de hipotecados para aprovechar la bajada del euríbor, muchos descubrieron que sus contratos tenían cláusulas suelo. Comenzaron a llegar las denuncias, ya que muchos clientes aseguraban que no conocían su existencia y que las diferencias entre los suelos y los techos eran abusivas. Los demandantes se organizaron a través de despachos y asociaciones.

El Tribunal Supremo dio su primera respuesta en 2013: declaró nulas las cláusulas de los contratos "poco transparentes" de varias entidades, a lo que se han ido sumando más resoluciones en la misma línea. La sentencia del juzgado de Madrid iba más allá: declaraba nulas todas las cláusulas de 40 entidades y cajas, apoyándose en la doctrina del Supremo. Sin embargo, el Supremo declaró nulo este tope de bajada de intereses a partir de mayo 2013, que es cuando publicó su sentencia. Ahora, el TJUE da otro paso más y obliga a todas las entidades financieras a devolver todo lo cobrado a través de estas cláusulas.

¿Qué hacer si tienes todavía una cláusula suelo?

Después de la sentencia de la UE, el Gobierno pactó con PSOE y Ciudadanos un decreto para facilitar las reclamaciones y que los afectados no tuvieran que recurrir a los tribunales. Es un mecanismo gratuito y voluntario para agilizar la devolución de lo cobrado de más. El consumidor debe dirigir una reclamación a su banco. "Una vez recibida, la entidad deberá remitir al consumidor el cálculo de la cantidad a devolver, incluyendo los intereses o, alternativamente, las razones por las que considera que la reclamación no es procedente. Tras recibir la comunicación, el consumidor deberá manifestar si está de acuerdo con el cálculo y, si lo está, la entidad realizará la devolución del efectivo. Todo el proceso se hará en un plazo máximo de tres meses". La reclamación puede hacerse aunque la hipoteca esté amortizada.

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