_
_
_
_

La mayoría del comité de expertos prefiere esperar a que la UE aclare su postura sobre temporales

Proponen postergar los cambios legales hasta que la justicia europea vuelva a posicionarse

Manuel V. Gómez
A la izquierda: la ministra de Empleo, Fátima Báñez, y la consejera de Trabajo del Gobierno Vasco, María Jesús San José
A la izquierda: la ministra de Empleo, Fátima Báñez, y la consejera de Trabajo del Gobierno Vasco, María Jesús San JoséJosé Ramón Gómez (EFE)

Los seis expertos que están preparando un informe sobre la sentencia europea que igualaba las indemnizaciones de temporales, interinos y fijos no han logrado una posición común. En el último borrador que este grupo ha redactado se constata que hay dos posiciones sobre este punto y la mayoría aboga por esperar a que la justicia europea vuelva a pronunciarse sobre este tema, ya que el TSJ de Galicia ha elevado una cuestión prejudicial para aclarar aspectos del fallo del pasado septiembre. “Razones de seguridad jurídica aconsejan aplazar la formulación de un informe definitivo hasta tanto no se cuente con eses imprescindibles resoluciones”, señala el borrador.

Frente a esta opinión, hay “otra parte” que defiende que se recoja legalmente ya, previa negociación “en el marco del diálogo social”, la indemnización de 20 días por año trabajado para los interinos. Este texto no es definitivo, por lo que la redacción podría cambiar. No obstante, no parece que se vayan a mover las posiciones de estos dos bandos: uno, este último, estaría integrado por los expertos cercanos a los sindicatos, y el otro, por los nombrados por la patronal y el Ejecutivo.

Más información
El TSJ de Galicia pide a la justicia europea que aclare su fallo sobre temporales
El fallo de la UE lleva a un juez a declarar improcedente el despido de una interina
El expresidente del Constitucional, Rodríguez-Piñero, en la comisión que analiza los fallos sobre temporales
El TSJ del País Vasco equipara la indemnización de los eventuales a la de los fijos
Sindicatos y patronal abren conversaciones sobre el fallo de la UE de los temporales
Partidos y sindicatos piden una reforma laboral para adaptar la ley al fallo europeo
La justicia europea defiende igualar la indemnización de temporales y fijos
Contrato único por vía judicial
El TSJ de Galicia pide a la justicia europea que aclare su fallo sobre temporales

El grupo, compuesto por seis expertos designados por el Gobierno, las patronales y los sindicatos, se constituyó en noviembre. Ya esto suponía un retraso sobre el calendario que el Ministerio de Empleo había pactado con los agentes sociales a comienzos de octubre. Desde el primer momento, las discrepancias se hicieron patentes y fue imposible un dictamen antes de finalizar 2016. Tampoco fue posible a la vuelta de las vacaciones navideñas.

No todo en el grupo son discrepancias. Sí que hay fumata blanca en “el rechazo del llamado ‘contrato único’ de trabajo”. Nada más conocerse el fallo europeo hubo muchas voces que se alzaron diciendo que esta sentencia era una vía para llegar, al menos por una vía judicial, a esa ya vieja propuesta que defiende la existencia de un solo contrato laboral con una indemnización igual para todos los trabajadores, sean temporales o fijos.

También hay consenso al abordar específicamente la situación de los contratos de interinidad. La sentencia europea que provocó la situación actual versaba sobre el caso de una trabajadora del Ministerio de Defensa que sustituyó como interina a un liberado sindical durante nueve años. Pero el razonamiento del Tribunal de Justicia Europeo fue más allá este tipo de contratos y explicaba que no cabía distinción alguna entre fijos y temporales, incluyendo en ellos a los interinos, en las indemnizaciones por despido. Esto ha provocado ya bastantes sentencias, tanto en el sector público como en el privado, que reconocen una compensación de 20 días por año trabajado a los temporales (no lo 12 que marca la ley).

Sobre los interinos, los seis expertos en Derecho Laboral aconsejan que se fije un límite máximo de duración, que recomiendan se concrete entre Gobierno, sindicatos y patronal. Incluso dejan lista una redacción modificando el Estatuto de los Trabajadores actual, dejando un hueco en blanco para el número a pactar por Ejecutivo y agentes sociales. En este punto fijan un matiz a tener en cuenta para tres situaciones de excedencia: cuidado de familiares, ejercicio de cargo público y liberación sindical.

A partir de aquí, al abordar las indemnizaciones a la finalización de los contratos temporales y de interino, comienzan las discrepancias. Y este fue el gran melón que abrió la sentencia europea, ya que ponía en cuestión el ordenamiento legal español –y de buena parte de los países europeos- hasta ahora. Se señala que “algunos miembros del grupo” creen que en la sentencia europea hay una “confusión conceptual”. El texto no detalla qué experto defiende cada posición, pero esta posición se parece mucho a las declaraciones que realizaron los responsables de CEOE nada más conocerse el fallo. Y su responsable de relaciones laborales, Jordi García Viña, forma parte de la comisión de expertos. No obstante, esta opinión está bastante extendida entre muchos profesores de derecho laboral en España.

Explica el borrador que quienes piensan que hay una “confusión conceptual”, creen que la sentencia “no refleja correctamente la realidad de nuestro ordenamiento jurídico”. Y lo hace, en su opinión, “cuando afirma que la normativa española deniega ‘cualquier indemnización’ por finalización de contrato al trabajador interino” y no hace referencia a que también los interinos pueden ser despedidos de forma improcedente o causas objetivas.

Ante todo eso, la mayor parte del grupo se inclina por esperar a que haya más pronunciamientos judiciales para “la formulación de un informe definitivo”. En concreto, hacen referencia al Tribunal Supremo, que tiene pendiente de resolver el recurso del Ministerio de Defensa ante el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que una vez conoció el fallo europeo dio la razón a la demandante y le otorgó una indemnización de 20 días por año trabajado. También mencionan al Tribunal de Justicia de la UE, al que, como adelantó este diario, el TSJ gallego, pidió que aclare vuelva a pronunciarse y aclare su fallo de septiembre.

“Razones de seguridad jurídica aconsejan aplazar la formulación de un informe definitivo hasta tanto no se cuente con esas imprescindibles resoluciones”, expone, por lo que “la mayor parte del grupo de expertos propone dejar abierta la formulación de sus propuestas definitivas […] en espera de las aludidas decisiones jurisdiccionales”.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Sobre la firma

Manuel V. Gómez
Es corresponsal en Bruselas. Ha desarrollado casi toda su carrera en la sección de Economía de EL PAÍS, donde se ha encargado entre 2008 y 2021 de seguir el mercado laboral español, el sistema de pensiones y el diálogo social. Licenciado en Historia por la Universitat de València, en 2006 cursó el master de periodismo UAM/EL PAÍS.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_