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El Supremo avala la reconversión de la planta de Coca-Cola de Fuenlabrada en centro logístico

El alto cierra la última batalla que mantenían abierta la empresa y los trabajadores tras el ERE de 2014

Reyes Rincón
Concentración de trabajadores de Coca-Cola frente al Tribunal Supremo
Concentración de trabajadores de Coca-Cola frente al Tribunal Supremo Carlos Rosillo

Coca-Cola ha ganado en el Tribunal Supremo la batalla que mantenían abierta sus trabajadores para evitar que la fábrica de Fuenlabrada fuera convertida en almacén. La Sala de lo Social, la misma que en abril de 2015 declaró nulo el ERE aplicado por la empresa y le obligó a readmitir a los trabajadores, ha avalado este miércoles que la readmisión de los empleados de la planta cerrada de Madrid se llevara a cabo en un nuevo centro logístico, y no en una fábrica, como exigía parte de la plantilla. El alto tribunal confirma así la sentencia dictada en octubre de 2015 por la Audiencia Nacional, que ya avaló esa decisión de la empresa y cuya sentencia fue recurrida por los sindicatos CC OO y UGT.

Según la información adelantada por el Supremo (la resolución completa todavía no ha sido redactada), el pleno de la Sala de lo Social considera ajustado a la ley la fórmula buscada por Coca-Cola para readmitir a los trabajadores de Fuenlabrada. Esta fórmula, según la Audiencia “mantiene milimétricamente las categorías profesionales, los salarios y horarios que tenían los trabajadores antes de que la fábrica se convirtiera en centro logístico".

El alto tribunal ratifica el resto de pronunciamientos de la Audiencia, salvo una parte que afectaba a 34 trabajadores que discutían el salario aplicable o las condiciones concretas de su readmisión. La Audiencia dijo que estas cuestiones tenían que resolverse de forma individual para cada empleado y el Supremo dice que se resuelvan y ejecuten de forma colectiva.

El alto tribunal solo ha adelantado este miércoles el fallo acordado por la sala. El contenido íntegro de la sentencia se conocerá en los próximos días. Dos magistrados han anunciado votos particulares y discrepantes con la decisión del resto de sus compañeros.

Tras conocer la decisión del Supremo, la empresa ha difundido una nota en la que confía en que la sentencia suponga el cierre definitivo del “proceso de reordenación industrial" iniciado tras la integración de los siete embotelladores ibéricos. “A partir de ahora queremos seguir mirando al futuro. Es el momento de que el conjunto de los empleados, formado por más de 4.000 trabajadores que en su mayoría, han permanecido ajenos a este proceso, continúen centrados en apostar por el crecimiento y la creación de valor para todos”, ha señalado.

Los sindicatos, sin embargo, acusan a la empresa de mentir y aseguran que apenas existe actividad en sus instalaciones, por lo que le reclaman que cumpla la sentencia de forma literal y dé carga de trabajo efectiva a sus empleados. "La única actividad que tiene este centro es el de pasar botellas vacías a cajas", ha asegurado hoy mismo el secretario general de CC OO de Madrid, Jaime Cedrún, según recoge EFE. Asegura que la empresa también incumple su compromiso de montar un gran proyecto de innovación en dichas instalaciones. Desde CC OO —que ha convocado una concentración frente al Supremo en la que han participado cerca de 200 personas—, han lamentado la decisión judicial y han avanzado que recurrirán al Constitucional e incluso a Estrasburgo para defender sus derechos.

La Audiencia exige a empleados devolver 4.000 euros de indemnización

EFE

La Audiencia Nacional ha dictaminado que los trabajadores de Coca-Cola European Partners (CCEP), afectados por un ERE que fue declarado nulo y que fueron readmitidos, devuelvan los más de 4.000 euros que cobraron cada uno en concepto de indemnización.

El auto recuerda que estos 4.000 euros proceden de la diferencia entre la compensación cobrada por los trabajadores tras ser aprobado el ERE -en 2014- y el salario que les adeudaría la compañía por tener que pagarles el sueldo de ese período, en el que fueron apartados de sus funciones a través del Expediente de Regulación de Empleo anulado.

A través del sindicato Comisiones Obreras (CCOO), la plantilla de Coca-Cola en Fuenlabrada argumentaba que no procedía devolver este dinero.

Los trabajadores aducían que estos más de 4.000 euros corresponderían a la "compensación por movilidad funcional" que figura en el convenio colectivo de la embotelladora, por lo que no sería necesaria su devolución.

La Audiencia Nacional, sin embargo, ha considerado que deben devolver esta cantidad sin perjuicio de que, posteriormente, los empleados puedan reclamar judicialmente el cobro de este concepto por cambio de funciones.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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