Andalucía y Madrid multan a Telefónica por subir los precios de Fusión en 2015
Las administraciones le imponen sanciones por 6,26 millones de euros por "publicidad engañosa", ya que en 2012 había señalado que los "precios eran para siempre"
La Junta de Andalucía y la Comunidad de Madrid han impuesto cuatro multas a Telefónica por un total de 6,26 millones de euros por la subida realizada en 2015 de 5 euros al mes del precio de su paquete Movistar Fusión, al entender ambas administraciones que el operador incurrió en "publicidad engañosa" ya que en lanzamiento de estos servicios en 2012 había asegurado que los precios serían "finales y para siempre". Telefónica recurrirá las sanciones.
Las sanciones más graves han sido impuestas por la Administración andaluza. El Consejo de Gobierno de la Junta sanciona a Telefónica de España con 870.000 euros por tres infracciones muy graves relacionadas con el producto Movistar Fusión: realización de publicidad engañosa (350.000 euros),introducción de cláusulas abusivas en contratos (220.000 euros) y no atender los requerimientos efectuados por la Administración (300.000 euros). Sin embargo, la multa se agranda porque la Junta entiende que con estas prácticas la operadora ha obtenido un beneficio ilícito de 5,36 millones de euros, y le condena a devolverlo. En total, la operadora debe hacer frente al pago de 6,23 millones en Andalucía.
La multa de la Comunidad de Madrid es de 30.000 euros frente a los más de 6,2 millones de la Junta
El expediente ahora resuelto tiene su origen en varias reclamaciones realizadas ante la Junta en 2015 -entre ellas varias de la asociación Facua- por la "subida injustificada" de las tarifas del producto Movistar Fusión, vigente desde septiembre de 2012. El Servicio de Consumo de Huelva desarrolló actuaciones para analizar el contenido y alcance de la campaña publicitaria de este servicio, en la que aludía a "precios para siempre".
La empresa tiene la posibilidad de recurrir esta sanción aunque el Gobierno reclamará ahora las cantidades, según señaló este martes el portavoz del Gobierno andaluz, Miguel Angel Vázquez, tras la rueda de prensa del último Consejo de Gobierno de este año.
Denuncia en Madrid
En la misma línea, la Comunidad de Madrid ha impuesto una sanción de 30.000 euros por publicidad engañosa tras la denuncia de la Asociación de Internautas, que se basó en las declaraciones del presidente de Telefónica de España, Luis Miguel Gilpérez, reafirmando el lema de la campaña de Movistar Fusión de que los precios serían “finales y para siempre”.
Facua considera "ridículas" las sanciones al estimar un beneficio de 630 millones para la operadora
En sus resoluciones, ambas administraciones afirma que las actuaciones sancionadoras tienen por objeto "la tutela de los intereses generales de los consumidores", pero que si los particulares quieren una reparación individual de los daños deben acudir a los tribunales.
Las sanciones llegan justo después de que Movistar Fusión haya anunciado que vuelve a subir los precios de sus planes de Fusión otros 5 euros en la mayoría de modalidades. La multa por la infracción de 2015, sin embargo, no está vinculada a las subidas en sí, sino a la publicidad anterior a ellas.
Según la Asociación de Internautas, la sanción de la Comunidad "pone en evidencia que Telefónica ha cometido una infracción" porque realizó una oferta diciendo que era "para siempre" y debería haberla respetado "desde de la fecha de la promoción hasta ahora".
Por su parte, la organización de consumidores FACUA, que calcula en 4.000 los asociados que se han sumado a su reclamación, ha considerado "ridículas" las sanciones de los Gobiernos autonómicos por una subida que, según sus cálculos, ha afectado a cuatro millones de clientes.
La organización afirma que el aumento de los precios ha permitido a la compañía ingresar 630 millones de euros de más y ha reclamado el expediente sancionador a la Junta de Andalucía para estudiar un recurso.
Según la asociación, cada usuario abonado desde 2015 ha pagado 166 euros de más por la subida de mayo de ese año, que fue de cinco euros, por la aplicada en enero de este año (tres euros) y por la del pasado verano (entre dos y cinco euros).
Telefónica gana en los juzgados más de 30 demandas por el caso
El asunto ya se está viendo en los tribunales por la denuncia de particulares o a instancias de asociaciones de consumidores. En este sentido, Telefónica apunta que ha ganado 33 demandas en juzgados de una veintena de provincias, interpuestas por usuarios -muchos a instancia de Facua- con motivo de la modificación de los precios de Movistar Fusión que la compañía aplicó el año pasado. Otras once han finalizado por desistimiento del demandante.
"Son la práctica totalidad de las falladas hasta ahora, lo que muestra una clara unidad en el criterio de los distintos juzgados que las han visto, y hace difícilmente creíble que la conducta haya sido ilícita, como ahora manifiesta la resolución recién conocida en Andalucía", señalaron en fuentes de la operadora.
Telefónica recuerda que tal como se ha explicado en las alegaciones, y así lo reconocen estas sentencias, la compañía comunicó debidamente y con la suficiente antelación a sus clientes la modificación del precio del producto contratado, y facilitó la baja en el servicio, sin penalización alguna, en las semanas siguientes a la comunicación del nuevo precio.
Los fallos a favor de Telefónica coinciden en señalar que la operadora puede modificar las condiciones del contrato, y por tanto su precio, siempre que concurran una serie de requisitos como “la variación técnica de los equipos o redes que afectasen al producto”, circunstancia que. a juicio de la empresa, se ha dado en varias ocasiones, con una serie de mejoras de las prestaciones de los paquetes en velocidad de conexión o límite de datos, que supusieron cuantiosas inversiones.
En varias de las sentencias se señala que la empresa comunicó a los clientes, en abril de 2015, la modificación del precio del producto contratado, y en muchas ocasiones el usuario “decidió continuar con la prestación del servicio y abonó de forma consciente y voluntaria los cinco euros adicionales”, durante los meses posteriores, cuando pudo haberse dado de baja sin penalización alguna en el momento de la subida.
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