La deuda creciente de una hipoteca en yenes de Catalunya Banc
Un matrimonio de Alcalá de Henares pidió 270.000 euros, pagó 82.000 y aún debía 380.000 cinco años después
Un matrimonio de Alcalá de Henares (Madrid) que en julio de 2007 contrató una hipoteca multidivisa de 270.000 euros vio cómo en enero de 2013, después de haber devuelto más de 82.000 euros del préstamo, debía al banco un total de 380.080 euros. La fuerte apreciación del yen japones, moneda a la que estaba referenciada la hipoteca, provocó que cinco años después de suscrito el préstamo, y abonado el 30% del mismo, debieran a Catalunya Banc mucho más dinero del que solicitaron al principio.
La Audiencia Provincial de Madrid ha anulado la cláusula multidivisa de la hipoteca al entender que el banco, antes de contratarla, no ofreció a los clientes información suficiente sobre el riesgo que entrañaba el préstamo referenciado a una moneda distinta al euro y con un tipo de interés distinto del Euribor, en este caso el Libor, la tasa de interés interbancario del mercado de Londres.
El matrimonio, representado por Triviño Abogados, vio cómo un juzgado de primera instancia rechazó su demanda y dio inicialmente la razón a la entidad bancaria. Tras recurrir, la Audiencia Provincial de Madrid les ha acabado dando la razón. Ahora, la cantidad que adeudan equivale al importe prestado, 270.000 euros, descontando la cantidad amortizada hasta la fecha de la demanda. La hipoteca queda desde ahora referenciada al euro y al Euribor.
La sentencia se apoya en la jurisprudencia más reciente del Tribunal Supremo que considerada que la hipoteca multidivisa es un producto financiero complejo. Según el alto tribunal, se produce un vicio de consentimiento —que anula el contrato— si a la hora de contratar la hipoteca el cliente no cuenta con información suficiente sobre el producto y los riesgos que lleva asociados.
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