_
_
_
_

El juez absuelve a los ‘ocho de Airbus’ por falta de pruebas

"No queda suficientemente probada la participación de los acusados", expone el fallo sobre los disturbios del 29 de septiembre de 2010 a las puertas de la factoría de Getafe

Manuel V. Gómez
En el centro, con camiseta blanca, José Alcázar, portavoz de los 'ocho de Airbus' con sindicalistas y compañeros hoy tras conocerse la sentencia absolutoria.
En el centro, con camiseta blanca, José Alcázar, portavoz de los 'ocho de Airbus' con sindicalistas y compañeros hoy tras conocerse la sentencia absolutoria.Luis Sevillano

El juez ha absuelto a los ocho de Airbus. Ya en la última sesión del juicio, celebrada el pasado viernes, la fiscal había retirado la acusación contra dos de los sindicalistas. Hoy miércoles el Juzgado de lo Penal número 1 de Getafe emitió una sentencia, dictada el día anterior, que absolvía a estos dos por no pesar sobre ellos ninguna acusación y a los seis restantes por que “no queda suficientemente probada la participación de los acusados”, según explica en un comunicado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Este caso parte de los disturbios que hubo a las puertas de la factoría de Airbus en la huelga general del 29 de septiembre de 2010. “A partir de la siete horas, algunos de los algunos trabajadores de los concentrados [...] comenzaron a entorpecer el acceso [...] dirigiendo insultos a los trabajadores que no querían hacer huelga”, expone la sentencia, que la Fiscalía puede recurrir. Los disturbios comenzaron cuando uno de los que no hacía huelga quiso entrar en las instalaciones y fue agredido, apunta la sentencia. Entonces intervino la policía y se produjo un tumulto que concluyó con varios disparos al aire de uno de los agentes.

Más información
Lea la sentencia que absuelve a los 'ocho de Airbus'
Los ‘ocho de Airbus’ se sientan en el banquillo arropados por sindicatos y políticos
La Fiscalía retira los cargos contra dos de ‘los ocho de Airbus’

A partir de ahí se inició una investigación que concluyó con la petición inicial de la Fiscalía de una pena de ocho años y tres meses para cada uno de los ocho acusados (José Alcázar, Enrique Gil, Tomás García, Rodolgo Malo, Jerónimo Martín, Raúl Fernández, Edgar Martín y Armando Barco) por impedir la entrada de trabajadores al centro de trabajo, por atentado y por lesiones.

Un proceso de identificación "peculiar"

El juez pone en duda el proceso de identificación de los autores de los hechos “peculiar” (el entrecomillado lo escribe el propio magistrado en la sentencia): recabar información de los trabajadores atendidos en el botiquín tras los disturbios. “La rueda [de indentificación] se convierte así en una especie de ‘indagatoria general’ que se aleja del tenor literal” de la ley, continúa el fallo. “Pero es que además los citados reconocimientos se realizan después de transcurridos una media de dos años desde los hechos”, subraya el magistrado.

El juez pone de relieve las contradicciones entre las declaraciones testigos y policías que el 29 de septiembre de 2010 estuvieron a las puertas de la factoría de Airbus. También apunta que, pese a las acusaciones y declaraciones de algunos policías, las grabaciones de seguridad muestran a varios de los acusados tratando de calmar los ánimos de otros huelguistas. Todo esto lleva al juez a concluir que hay “la falta de de acreditación de la imputación personal de hechos concretos a cada uno de los acusados”.

El juicio a los ocho de Airbus, celebrado entre el 9 y el 12 de febrero en Getafe, ha sido el caso más famoso de las múltiples acusaciones con peticiones de cárcel y multas para unos 300 sindicalistas por hechos producidos en jornadas de huelga. Ante estas acusaciones, algunas de ellas han acabado con pena de cárcel, los sindicatos pusieron en marcha hace ya tiempo la campaña Huelga no es Delito, en la que este juicio ha sido su punto culminante.

Esto explica que ayer, nada más conocerse la sentencia, tanto de CC OO (sindicato al que pertenecen siete de los ocho) como UGT (central del restante) la valoraran que así “se restablece la verdad” y aprovecharan para reclamar, de nuevo, a los partidos políticos la derogación del artículo del código penal (315.3) que condena con castigos de entre un año y nueve meses a tres años a quienes “coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga”. “Es un día enorme, un día grande para la democracia”, sostuvo José Alcázar, uno de los acusados y el presidente del comité intercentros de Airbus cuando sucedieron los hechos, “ha merecido la pena aguantar y sufrir para demostrar” su inocencia.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Sobre la firma

Manuel V. Gómez
Es corresponsal en Bruselas. Ha desarrollado casi toda su carrera en la sección de Economía de EL PAÍS, donde se ha encargado entre 2008 y 2021 de seguir el mercado laboral español, el sistema de pensiones y el diálogo social. Licenciado en Historia por la Universitat de València, en 2006 cursó el master de periodismo UAM/EL PAÍS.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_