Las diputaciones forales se resisten a pagar la tasa de la Autoridad Fiscal
El organismo envía una carta a las Administraciones vascas requiriendo el pago tras recabar la opinión del Abogado del Estado
Las diputaciones forales del País Vasco y Ayuntamientos de esa comunidad autónoma, entre los que están los de Vitoria y San Sebastián, cuestionan la tasa que cobra la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef), del 0,00085% sobre los presupuestos, por emitir los informes sobre la viabilidad y seguimiento de la política fiscal.
Ante las reticencias de estas Administraciones a abonar la tasa por las dudas sobre la determinación de la base imponible, la dirección del organismo encargado de velar por la sostenibilidad de las cuentas públicas solicitó un informe a la Abogacía del Estado "sobre la exigibilidad a las Administraciones Públicas del País Vasco de la precitada tasa", según figura en el acta del comité directivo de la Airef, celebrado el pasado 1 de febrero y publicada recientemente.
La Airef envió una carta durante la primera semana de febrero en la que requería a estas Administraciones el pago de la tasa en base al informe de la Abogacía del Estado.
El informe de los expertos jurídicos, emitido con fecha 27 de enero, concluye que "la tasa de supervisión, análisis, asesoramiento y seguimiento de la política fiscal es exigible a la comunidad autónoma del País Vasco, a sus Diputaciones Forales y a los Ayuntamientos de su territorio en idénticas condiciones que a las demás Administraciones Públicas y, por tanto, sin necesidad de que se alcance previamente un acuerdo sobre esta cuestión en el seno de la comisión mixta del concierto económico vasco".
Envía requerimiento
Las diputaciones forales y los Consistorios de Vitoria y San Sebastián consideraban que no debían pagar la tasa hasta que se acordase en el seno de la comisión mixta del concierto económico vasco. Además, tenían dudas sobre la determinación de la base imponible.
"La gestión de la tasa es competencia de la Airef", recalca en el informe de la Abogacía del Estado que explica que la base imponible que grava la tasa estará determinada por el presupuesto general de una entidad local. Este "estará constituido por el presupuesto general de la propia entidad y los estados de previsión de gastos e ingresos de las sociedades mercantiles cuyo capital pertenezca íntegramente a la entidad local". Precisamente este era uno de los puntos de discusión porque las Administraciones vascas tenían dudas sobre la composición de la base imponible.
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