El Supremo no anula la salida a Bolsa de Bankia para grandes inversores
Las sentencias subrayan que es el pequeño inversor el que resultó engañado
Las sentencias del Tribunal Supremo en que anulaban la compra de acciones en la salida a Bolsa de Bankia afectan solo, al menos de momento, a los pequeños inversores. El Alto Tribunal ha publicado este miércoles el texto completo de dichas sentencias (tras anunciar solo el fallo el pasado 27 de enero) y deja claro que las graves inexactitudes del folleto llevaron a error a los pequeños ahorradores, pero que los inversores cualificados tenían otros medios para conocer más a fondo la situación de la entidad.
Los fundamentos jurídicos de la sentencia suponen, de ese modo, un balón de oxígeno para la entidad financiera, que temía que un fallo más contundente hubiese provocado una oleada de demandas de grandes inversores. Las empresas e instituciones en total destinaron 1.237 millones, de lo que algunas admitieron haber perdido el 80% tras su venta. Resarcir a los grandes inversores que perdieron dinero hubiera disparado ahora los costes para la entidad nacionalizada.
“Estaba al borde de la insolvencia”
El Supremo argumenta que el folleto contenía fallos que provocaron que los inversores se hicieran "una representación equivocada de la solvencia de la entidad y, consecuentemente, de la posible rentabilidad de su inversión, y se encuentran con que realmente han adquirido valores de una entidad al borde de la insolvencia, con unas pérdidas multimillonarias no confesadas (al contrario, se afirmaba la existencia de beneficios), según señalan los magistrados en una de las dos sentencias sobre la salida a Bolsa de Bankia difundidas ayer.
Por eso, considera que la decisión de los pequeños ahorradores "es un error excusable en la suscripción de las acciones, que vició su consentimiento".
La Sala también destaca que el folleto "fue supervisado por un organismo público, generando confianza y seguridad jurídica en el pequeño inversor".
Las dos demandas que provocaron la decisión del alto tribunal fueron interpuestas por pequeños inversores del tramo minorista, que habían adquirido las acciones por consejo de empleados de la entidad, a quienes el banco deberá devolver el dinero. En concreto, una de las sentencias del Supremo sobre la anulación de compra de acciones señala que "si los demandantes no hubieran incurrido en tal error sobre la situación económica de Bankia, no habrían consentido en adquirir las acciones". Y añade que "la cualidad de pequeños inversores que tienen los demandantes hace que este error deba considerarse excusable, pues, a diferencia de lo que puede ocurrir con otros inversores más cualificados, carecen de otros medios de obtener información sobre los datos económicos que afectan a la sociedad cuyas acciones salen a cotización y que son relevantes para tomar la decisión inversora".
En ese mismo aspecto incide la otra sentencia, en la que también se anula la suscripción de acciones por error de consentimiento y se dice que de conocer la verdadera situación del banco, "no habrían comprado en ningún caso". "Máxime, al tratarse de pequeños ahorradores que únicamente cuentan con la información que suministra la propia entidad, a diferencia de grandes inversores, o los denominados inversores institucionales, que pueden tener acceso a otro tipo de información complementaria". Y añade que eso es así, especialmente, en el caso de pequeños suscriptores que invierten aconsejados por los propios empleados de la entidad emisora, con los que mantenían una relación de confianza personal y comercial".
Información "inexacta" en el folleto
Los jueces consideran que el folleto de la salida a Bolsa de Bankia "contenía información económica y financiera que poco tiempo después se revela gravemente inexacta".
La Sala ha rechazado que la causa penal pendiente ante la Audiencia Nacional pueda paralizar las acciones individuales en vía civil. La Sala parte de la doctrina del Tribunal Constitucional y explica que, aunque el tribunal penal no llegue a apreciar delito, el proceso civil no estaría condicionado por ello.
La Sala entiende que el nexo causal existente entre la grave inexactitud del folleto de la oferta pública de suscripción (OPS) y el error padecido por los demandantes está suficientemente razonado en las sentencias. Por último, las sentencias consideran que, en el caso de los pequeños inversores, resultan compatibles las acciones específicas de resarcimiento que concede la normativa del mercado de valores con las acciones de nulidad por error en el consentimiento.
“Se discute si el folleto tenía información falsa o no”
A pesar de las sentencias del Tribunal Supremo varios inversores institucionales se preparan para interponer una demanda por considerar que fueron perjudicados por la salida a Bolsa de Bankia.
"Nosotros vamos a interponer la demanda ya", explica Jordi Ruiz de Villa, socio del despacho Jausas, que representa a algunos inversores institucionales. Este experto explica que el Supremo al dictar las dos sentencias lo que pretende es sentar doctrina para aclarar el caso de los minoristas. Aunque admite que el alto tribunal se centra sobre todo en el caso de los pequeños ahorradores, considera que eso "no impide la acción de los institucionales porque lo que se discute es si el folleto contenía información falsa o no".
Bankia admite que ya ha recibido 49 demandas de inversores institucionales aunque se trata de pequeños inversores porque la cuantía es por 10 millones.
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