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Competencia impone una multa de 6 millones a Telefónica

También impone 300.000 euros a Yoigo por un acuerdo firmado en 2013

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 6 millones de euros a Telefónica y de 300.000 euros a Yoigo por los acuerdos firmados entre ambas compañías para compartir redes en agosto de 2013, según han informado a Europa Press fuentes del mercado.

Fuentes de las compañías consultadas por Europa Press han indicado que todavía no habían recibido comunicación oficial de la resolución y que en caso de confirmarse la sanción recurrirían la misma.

El organismo presidido por José María Marín Quemada abrió en noviembre de 2013 un expediente sancionador a Telefónica y a Yoigo en relación con estos acuerdos al entender que existían "indicios racionales" de prácticas contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia y más de año y medio después ha decido sancionar a ambas compañías.

Las fuentes han explicado que, si bien la multa a imponer ante este tipo de estas prácticas puede ser de hasta un máximo de un 10% de la facturación de las empresas, las sanciones se gradúan según la gravedad de los hechos teniendo en cuenta en cualquier caso los ingresos y el tamaño de las compañías en el mercado en cuestión. Telefónica es la primera compañía por cuota de mercado en móvil, mientras que Yoigo es la cuarta.

El diario 'Expansión', que adelantó la información en su edición del sábado, señala que Telefónica España es 14,8 veces más grande que Yoigo en ingresos, mientras que el importe de la multa es veinte veces superior.

Fuentes del mercado han explicado que el expediente estudiaba distintos acuerdos firmados en 2013 por las compañías, como el uso por parte de Telefónica de la red 4G de Yoigo, que según la CNMC no genera eficiencias suficientes para el mercado que lo justifiquen.

Además, la CNMC ha analizado la reventa por parte de Yoigo de productos  minoristas de Telefónica, el denominado 'Fusión a lo Yoigo'. Para el regulador, este acuerdo, si bien fue positivo porque permitió la comercialización de productos convergentes por parte de Yoigo y, por tanto, más competencia para el mercado, incluía algún aspecto que no era competitivo, como el hecho de que cada seis meses Telefónica podía decidir rescindir este acuerdo unilateralmente. La CNMC indica en su resolución que esto permite a Telefónica "disciplinar" el comportamiento de Yoigo.

El acuerdo incluía además la compra por parte de Abertis de un paquete mínimo de 4.227 torres de telefonía a estos dos operadores en varias fases. El organismo regulador no ve problemas de competencia en esta operación.

Asimismo, el expediente analiza el acuerdo de roaming por el cual Yoigo utiliza la infraestructura de Telefónica para cubrir las regiones del territorio español donde no alcanza con red propia. Este acuerdo, que data de 2008, incluye una cláusula que la CNMC considera anticompetitiva y que impide a Yoigo revender a terceros la red de Telefónica.

La eliminación de esta cláusula permitiría a Yoigo alcanzar alianzas mayoristas con otros operadores de telecomunicaciones, como Telecable.

En este sentido, el consejero delegado de Yoigo, Eduardo Taulet, señaló a Europa Press en unas recientes declaraciones que la compañía había firmado un preacuerdo con la operadora asturiana que le podría suponer unos ingresos de 40 millones de euros.

Taulet advirtió entonces que el grupo ya se ha puesto en contacto con la compañía de telecomunicaciones gallega R e, incluso, con algún operador de los llamados étnicos y recordó que por cuota de mercado, los OMVs, que podrían ser clientes potenciales, doblan a Yoigo.

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