Coca Cola tiene que readmitir a los despedidos este mismo mes
La Audiencia obliga a la dirección a precisar en tres días como máximo la antigüedad, categoría, salario y demás condiciones de los trabajadores
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha dado tres días de plazo a Coca-Cola Iberian Partners para comunicar a los empleados despedidos —por el ERE que fue anulado en mayo, que supuso la salida de 821 personas de la plantilla— que han sido readmitidos en sus puestos de trabajo y las condiciones de su empleo. En el mismo plazo, los magistrados de la Audiencia exigen que la dirección de la embotelladora precise antigüedad, categoría, salario y "demás condiciones con las que pretenda readmitir a los trabajadores", así como que individualice y cuantifique el importe de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la reincorporación.
La advertencia de la Audiencia supone en la práctica que antes del viernes debe quedar claro qué trabajadores exigen su readmisión, cuáles optan por marcharse de la empresa y en qué condiciones quedarán unos y otros. En 15 días los trabajadores que estén dentro de los readmitidos tras la anulación del ERE deberán estar trabajando de nuevo en sus puestos.
El problema es que la Audiencia no zanja el gran caballo de batalla entre la embotelladora de Coca-Cola y parte de la plantilla. Es decir, que en la comunicación, según la compañía, no especifica si es obligatorio reabrir la planta de Fuenlabrada como una fábrica o puede ser suficiente con que los antiguos empleados ocupen puestos en el plan alternativo que ha anunciado la embotelladora, que para por convertir la planta en una plataforma logística.
La Sala de lo Social ha acordado imponer un plazo a la readmisión a instancias de distintos sindicatos y una vez recibida la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 20 de abril por la que se confirmó otra de la Audiencia Nacional de junio del año pasado que declaró nulo el despido colectivo y ordenó a la compañía de bebidas reincorporar a los trabajadores en sus puestos.
La batalla sigue en Fuenlabrada
La embotelladora de Coca-Cola asegura estar a favor de esa exigencia de comunicar las reincorporaciones, ya que supone "el principio del fin del conflicto". Asegura que ha estado “trabajando para ejecutar todos y cada uno de los puntos que determina esta sentencia”. La justicia les ha comunicado que la readmisión "deberá hacerse efectiva en un plazo máximo de 15 días en el mismo centro de trabajo y de 30 días para otros centros". En el caso de Fuenlabrada, explica un portavoz, el plan "es el que ya anunciaron" hace unas semanas, es decir, que no van a reabrir la fábrica, sino un centro logístico, donde piensan dar empleo a los readmitidos del ERE.
El grupo de trabajadores más activo en contra del cierre de la planta de Fuenlabrada, acampado desde hace más un año a las puertas de la antigua fábrica ya cerrada, no admiten el plan de la plataforma logística y se han mostrado siempre dispuestos a seguir peleando para que se reabra la embotelladora tal y como estaba antes del plan de cierres y despidos presentado a finales de 2013.
"La compañía está preparada para acoger a todos los empleados que han solicitado volver”, ha señalado Coca-Cola Iberian Partners. Dice que está informando personalmente a los afectados de las condiciones que deben cumplir para la reincorporación. "En este sentido, los empleados que hayan solicitado la reincorporación deberán reintegrar a la compañía las indemnizaciones cobradas y las prestaciones por subsidio de desempleo", puntualiza.
Un plan de 821 despidos anulado
El proceso de reestructuración que puso en marcha Coca-Cola afectó en un principio a 1.191 trabajadores aunque finalmente la dirección de la embotelladora solo ejecutó 821 despidos. Como consecuencia de aquel plan, Coca Cola cerró las plantas que tenía en Fuenlabrada (Madrid), Asturias, Alicante y Palma de Mallorca. El Supremo consideró que durante este proceso la dirección de Coca-Cola vulneró el derecho de huelga de sus trabajadores y bastó esta circunstancia para resolver la nulidad del ERE sin que los magistrados entrasen a analizar el resto de las cuestiones planteadas por los afectados. "La empresa sustituyó la producción dejada de realizar por la de otras embotelladoras del grupo, perjudicando así el adecuado desarrollo del periodo de consultas", señaló entonces el Supremo.
Hasta ahora, la multinacional se había negado a abrir la planta de Fuenlabrada y tan solo ofreció recolocaciones en diversas factorías que tiene en el resto de España, pero los trabajadores afectados rechazaron esta solución. Antes de la decisión adoptada por el Supremo ratificando la sentencia de la Audiencia Nacional, Coca-Cola aceptó readmitir a los trabajadores, a los que comenzó a pagarles un sueldo aunque sin darles una ocupación efectiva.
Con la decisión del Supremo, y la orden judicial que ha dado a conocer hoy la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, Coca-Cola debe reponer en sus puestos a los trabajadores afectados, aunque la empresa justifica que eso no le obliga a volver a producir Coca-Cola en Fuenlabrada, y cree que es suficiente con ofrecer puestos de trabajo en su almacén.
Los magistrados de la Audiencia Nacional que han dictado la nueva resolución señalan que "en el presente procedimiento concurre la existencia de un título ejecutivo, una sentencia dictada en el procedimiento de despido colectivo declarada nula la decisión empresarial, en la que se condena a la readmisión de los trabajadores ratificada por el Tribunal Supremo, siendo susceptible de ejecución individual en virtud de los previsto en la legislación".
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