¿A qué ayudas tengo acceso con mi certificado de discapacidad?
El nuevo impuesto negativo que trae la reforma fiscal complementa un respaldo limitado
Tener una discapacidad implica una serie de problemas sociales y económicos. Además de las barreras físicas que se encuentran a diario, también hay que afrontar una serie de gastos importantes. Para paliar esta situación, reciben una serie de ayudas de las administraciones a todos los niveles. Aunque estas siguen siendo limitadas, tanto en las prestaciones como en la cuantía, si es cierto que van aumentando poco a poco, ya sean con decisiones prácticas, como la reciente norma que acaba de aprobar las condiciones de emisión y uso la tarjeta de aparcamiento unificada para toda España como económicas, con la nueva ayuda en el Impuesto sobre la Renta por ascendientes o descendientes con discapacidad.
La primera consigue cumplir una de las peticiones más antiguas de discapacitados y asociaciones, con la segunda se consiguen 1.200 euros al año como pequeño complemento económico que se puede recibir de forma anticipada todos los meses.
Una serie de beneficios que debemos conocer
Además de estos cambios existen otra serie de beneficios en ámbitos como el trabajo, vivienda, vehículos e impuestos que pueden facilitar su día a día, y que en todo caso requieren tener el certificado de minusvalía reconocido por los servicios sociales de cada Comunidad Autónoma.
En vivienda, los programas de Protección Oficial destinan un 3% del total de las viviendas para personas con discapacidad -son viviendas adaptadas, por lo que es necesario tener movilidad reducida-
En materia laboral existen incentivos para las empresas -subvención por contrato, bonificación cuota Seguridad Social, subvención para adaptación puesto de trabajo, subvención para Formación Profesional, deducción en el Impuesto sobre Sociedades- si se contrata indefinidamente así como también contratos temporales con características especiales para trabajadores discapacitados.
Las administraciones públicas tienen un cupo de reserva de plazas no inferior al 5% de las vacantes y las empresas privadas nunca inferior al 2% de las plantilla, siempre que sean compañías con 50 o más trabajadores fijos.
A la hora de adquirir un vehículo existe una exención del Impuesto de Matriculación –potestad de la Agencia Tributaria- así como también una exención del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, en este caso por parte del ayuntamiento al que pertenezca y siempre que el el titular del coche la persona con discapacidad.
En materia tributaria además de la nueva bonificación señalada por descendientes o ascendientes con discapacidad, Hacienda permite una deducción a quienes tengan condición legal de persona con discapacidad en grado igual o superior al 33%.
Ayudas en transporte público, actividades culturales, deportivas… son muchas otras que dependiente de las administraciones del lugar de donde vivas se debe siempre informar para poder así beneficiarte de todas ellas.
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