_
_
_
_

Subida del IVA al pasar productos y servicios del tipo reducido al general

Los expertos creen que se debe tener cuidado con los productos básicos que están a tipo superreducido

El País

El informe de los expertos para la reforma tributariaplantea una subida del Impuesto sobre el Valor Añadido por la vía de pasar productos y servicios al tipo general del 21%, aunque lo hace de forma muy matizada, centrándose más en los productos de tipo reducido (10%) que en los de tipo superreducido (4%). "No pedimos una subida de los tipos, sino una reorganización de los gravámenes", ha resumido el catedrático de Hacienda, Manuel Lagares, quien ha coordinado al comité de sabios. Dentro de este proceso, ha destacado que los productos incluidos en el superreducido del 4% son bienes de primera necesidad que no se pueden tocar. Tampoco ha animado a mover del 10% a industrias importantes para el país como el Turismo, por lo que se quedarían en el tipo reducido los bares, restaurantes u hoteles.

La Comisión ha centrado su análisis en los bienes y servicios sujetos actualmente al tipo reducido, al objeto de proponer su tributación al tipo general, pero planteando ciertas excepciones motivadas por claras razones de política económica.

Más información
Los expertos abogan por reducir IRPF y aumentar los impuestos indirectos
Una tributación mínima para el impuesto de Sucesiones y Donaciones
El informe recomienda suprimir el Impuesto sobre Patrimonio
El Gobierno rechaza la propuesta de sumar la vivienda como renta
Reforma a fondo de los impuestos especiales y medioambientales
Los expertos critican fórmulas como la tarifa plana de cotización

La primera de esas excepciones se refiere al IVA sobre la vivienda, no considerándose adecuada su sujeción al tipo general debido a las dificultades que introduciría en el proceso de liquidación del significativo stock de viviendas nuevas sin vender que existe actualmente en España, aparte de que supondría incrementar el peso de la imposición sobre las transacciones inmobiliarias, lo que se considera menos eficiente que la opción de gravar periódicamente su valor patrimonial.

La segunda excepción es la relativa a los servicios turísticos, para los que la Comisión no considera adecuada su tributación al tipo general, pues perjudicaría gravemente la competitividad de este sector, ya que los principales países competidores de España siguen manteniendo un tipo reducido para el gravamen de las actividades turísticas. La Comisión solo propondría el incremento del tipo aplicable al turismo combinándola con una reducción significativa de las cotizaciones sociales, lo que podría resultar muy beneficiosa para este sector, pues es fuertemente intensivo en mano de obra.

La tercera excepción se refiere a los servicios de transporte público, dado su impacto sobre la oferta de trabajo.

En cuanto a los tipos superreducidos, como estos se aplican en el caso español esencialmente a bienes de primera necesidad (en particular alimentos) "su incremento afectaría muy negativamente a los segmentos de población económicamente más vulnerables". Aun así, "la Comisión considera deseable plantearse, como objetivo a medio plazo, mover los bienes y servicios sometidos a los tipos reducidos y superreducidos hacia el tipo general, pero considera que el incremento de los tipos superreducidos, aplicables a esos bienes de primera necesidad, no resulta deseable salvo que al mismo tiempo se pudieran articular mecanismos de compensación a través de prestaciones a las rentas más bajas".

La reforma que propone la Comisión se completa con la eliminación en este impuesto del régimen especial de recargo de equivalencia y una importante restricción en la utilización del régimen simplificado de estimación de bases, manteniéndolo exclusivamente para los sujetos pasivos con cifra de negocios muy reducida, al objetivo de eliminar las actuales bolsas de fraude que se generan por estos regímenes objetivos.

Para justificar su propuesta, la Comisión recuerda que en 2011, la recaudación por IVA en porcentaje del PIB fue en España la más baja de los 27 países de la UE en términos relativos. Eso condujo a elevar el tipo general del impuesto, de modo que ahora ese tipo se sitúa ya en la media de la UE. Sin embargo, el efecto en España de los tipos reducidos y de las exenciones es uno de los más elevados de Europa en términos de merma de recaudación. Pero en el caso de las exenciones propiamente dichas el margen de maniobra es, sin embargo, muy reducido, dado que la mayoría de estas exenciones vienen impuestas por la normativa comunitaria. En todo caso, la Comisión propone la eliminación de varias de esas exenciones y anima al Estado español a solicitar a la Unión Europea la modificación de las que no se encuentren adecuadamente justificadas. Por eso se centra más en el paso de productos y servicios del tipo reducido al general.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_