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El Constitucional admite un recurso contra el déficit eléctrico

El recurso se cuestiona que solo un grupo de empresas financien los planes para acabar con este desajuste entre 2011 y 2013

Un tendido eléctrico
Un tendido eléctricoEFE

El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Audiencia Nacional acerca del nuevo mecanismo de financiación de los planes de ahorro y eficiencia energética, que recaerá sobre once empresas, especialmente las grandes eléctricas, según consta en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este miércoles.

La cuestión de inconstitucionalidad había sido planteada por la sección cuarta de la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia y afecta a la disposición adicional tercera del real decreto ley 14/2010, esto es, la norma aprobada en diciembre de 2010 por el entonces ministro de Industria, Miguel Sebastián, con medidas para acabar con el déficit de tarifa.

En concreto, la Audiencia cree que podría resultar "discriminatorio y arbitrario" que un grupo concreto de empresas y no el conjunto de los productores de electricidad, incluidos los del hasta ahora conocido como régimen especial (renovables y cogeneración), sean las que tengan que financiar estos planes durante los años 2011, 2012 y 2013.

En el auto en el que se planteó esta cuestión, la Audiencia cifra en 670 millones los importes que las eléctricas tradicionales deben dedicar a los planes de ahorro y eficiencia, a razón de 270 millones en 2011, 250 millones en 2012 y 150 millones en 2013.

El real decreto ley 14/2010, en el que también se incluyó el recorte a la fotovoltaica y una senda para acabar con el déficit de tarifa, la norma obliga a financiar los planes de ahorro y eficiencia energética a un número limitado de empresas, que son Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, HC, E.ON, AES Cartagena, Bizkaia Energía, Castelnou Energía, Nueva Generación del Sur, Bahia de Bizkaia Electricidad y Tarragona Power.

Estas empresas, señala el real decreto ley, deben hacerse cargo de la ejecución de las medidas del plan de acción 2008-2012 de la estrategia de ahorro y eficiencia energética en España para el periodo 2004-2012.

El origen de la disputa acerca de la financiación de estos planes se remonta a 2003, cuando el Gobierno aprobó, en aplicación de una directiva comunitaria, el plan de Estrategia de ahorro y Eficiencia energética en España 2004-2012, referido a diversos sectores, que van desde la industria al transporte, pasando por los edificios, equipamiento de los domicilios y ofimática, agricultura, sector público y, además, sector eléctrico.

Dos años después, en 2005, el Gobierno lanzó el Plan de acción 2005-2007 de la estrategia de ahorro y eficiencia energética en España 2004-2012', financiado con cargo a la tarifa eléctrica, que sufragan a su vez los consumidores de luz.

Esta decisión de cargar a la tarifa un plan plurisectorial fue anulada en 2007 por el Tribunal Supremo, que recordó que en ningún momento la Ley del Sector Eléctrico contempla este tipo de actuaciones entre los diferentes conceptos de la tarifa.

Para resolver la forma de financiación de estos planes, el anterior Gobierno adoptó la medida ahora cuestionada por la Audiencia, consistente en trasladar el coste a las empresas del régimen ordinario de producción de electricidad.

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