El juez del ‘caso Blesa’ acepta tramitar su recusación y pide opinión a las partes
La Fiscalía y el resto de partes tienen un plazo que expira el próximo jueves para pronunciarse sobre si se adhieren o se oponen a la recusación
El juez Elpidio José Silva, que el pasado día 16 envió a prisión al expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa por la compra del City National Bank de Florida, ha accedido a tramitar la recusación que presentó su defensa y ha dado un plazo de tres días a las partes para que se pronuncien sobre la misma.
En una providencia notificada hoy, el titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid da traslado a las partes del incidente de recusación planteado por el letrado de Blesa el pasado 16 de mayo, cuando Silva dictó su ingreso en prisión bajo fianza de 2,5 millones de euros que abonó un día después.
La Fiscalía y el resto de partes tienen un plazo que expira el próximo jueves para pronunciarse sobre si se adhieren o se oponen a la recusación, tras lo cual, un día después, el juez deberá decir si si la admite o no, según lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
El magistrado ha dejado en suspenso dos declaraciones pendientes desde el pasado jueves, las de dos miembros del comité financiero de la caja madrileña imputados, Luis Crespo y Fernando Sobrini, que ese mismo día fueron informados de que se les citaría otro día, que no se determinó.
El "tono despectiva" del juez
La defensa del banquero presentó este incidente ante la "manifiesta carencia de imparcialidad", el interés personal, directo e indirecto, del magistrado en la causa, y su "enemistad manifiesta" con el imputado. Según el escrito, el juez utiliza un "tono despectivo y denigrante que determina y constata sus prejuicios", además de que le colocan en una "condición objetiva de denunciante" y ponen de manifiesto "la menor apariencia de imparcialidad e incluso de objetividad".
En este sentido, el abogado de Blesa alega que algunas de las expresiones utilizadas por el juez son "equivalentes a un juicio condenatorio", incluso antes de que se iniciara la instrucción, como ocurrió con la causa que abrió por la adquisición del banco norteamericano. Algo que, en su opinión, "constituye la máxima expresión de la injusticia que cabe temer de la actuación de este instructor y del manifiesto juicio previo peyorativo".
Por ello, no es que el letrado tenga un "temor fundado", sino "la certeza" de una "manifiesta" parcialidad, ante consideraciones de fondo "tan minuciosas como arbitrarias", que revelan que "tiene ya una opinión fundada y resuelta sobre todas las cuestiones que determinan, a su juicio, la culpabilidad" de Blesa. El letrado cree acreditado asimismo el interés directo o indirecto del magistrado en la causa, aunque no "aventura los motivos".
"Aunque no técnicamente, el instructor sí que ha actuado materialmente como denunciante, pues ha sido su voluntad, su sola voluntad y su arbitraria voluntad lo que ha determinado" que dedujera testimonio y abriera una nueva causa por la adquisición del banco norteamericano a pesar de no apreciar conexidad con el crédito fallido al Grupo Marsans de Gerardo Díaz Ferrán.
"En definitiva, ninguna duda puede existir en el presente supuesto de la parcialidad y contaminación del instructor, que materialmente ha actuado como denunciante", insiste el escrito.
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