El Gobierno flexibiliza el horario y las vacaciones de los funcionarios
Los jefes de departamento podrán modificar el horario de apertura de los edificios públicos


El Gobierno, que ya extendió a comienzos de 2012 la semana laboral de 37,5 horas para los funcionarios de la Administración General del Estado dejando atrás las 35 horas semanales, ha dado una vuelta de tuerca más y para 2013 aprovechará ese aumento de la jornada para flexibilizar el horario laboral y sus vacaciones, y reducir el número de días de libre disposición, los conocidos moscosos.
La novedad más importante en el capítulo de horarios es la reducción a 30 minutos del tiempo de comida, con el objetivo de que los trabajadores con jornada partida —de 09.00 a 17.00 horas— puedan adelantar la salida de la oficina. El horario de mañana será de entre las 09.00 y las 14.30 horas. El resto hasta completar la jornada semanal total, se realizará en horario flexible, entre las 07.30 y hasta las 18.00 horas, según publicó este sábado el Boletín Oficial del Estado (BOE).
No obstante, en aras a la flexibilidad, la resolución señala que “los calendarios laborales podrán establecer otros límites horarios máximos y mínimos que permitan completar el número de horas adicionales necesarias para alcanzar la duración total de la jornada”. Asimismo, atendiendo a los horarios de apertura al público de determinadas oficinas y servicios públicos, se podrán cambiar los horarios del personal. “Los subsecretarios y los responsables de los demás órganos competentes (...) podrán establecer otros horarios de apertura y de cierre de los edificios públicos”, señala el texto.
También se recoge la posibilidad de establecer en 40 horas semanales la duración de la jornada del personal que desempeñe puestos de trabajo considerados de especial dedicación, y la reducción de jornada de las 09.00 a las 14.00 horas, de lunes a viernes, percibiendo el 75% de sus retribuciones.
La resolución consagra también la media hora del bocadillo, al establecer una interrupción de 30 minutos, que se computará como trabajo efectivo entre las 10.00 y las 12.30 horas.
La otra gran novedad de la nueva normativa son las vacaciones. De los 22 días hábiles anuales, al menos, la mitad deberán ser disfrutados entre los días 15 de junio a 15 de septiembre. También aquí se trata de introducir mayor flexibilidad, concentrando, por tanto, una parte de las vacaciones en el período estival de menor actividad, pero permitiendo que otra parte pueda disfrutarse en otros periodos.
De esta forma, la nueva regulación permite que hasta cinco días de las vacaciones anuales puedan disfrutarse de forma individual o independiente a lo largo del año, haciendo posible que puedan unirse a los días de libre disposición. Hasta ahora había que agruparlos de cinco en cinco. También se eliminan la mitad de los moscosos, días de asuntos propios, de seis a tres.
La responsable del sector de UGT, Yolanda Palomo, denunció que, en realidad, se amplía la jornada laboral (de 1.647 a 1.664 horas anuales), puesto que las 37,5 horas pasan de ser un máximo a un mínimo. También indicó que los subsecretarios de los departamentos tendrán ahora la potestad de cambiar unilateralmente los horarios y las vacaciones de su personal. Estas medidas se unen a las ya anunciadas para penalizar el absentismo laboral. Así, las ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal para el personal de la Administración General del Estado (AGE) tendrán una reducción de la retribución del 50% a partir del quinto día de baja.
El descuento en nómina no será de aplicación a cuatro días de ausencias a lo largo del año natural, de las cuales sólo tres podrán tener lugar en días consecutivos, siempre que estén motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal. A partir del 1 de enero de 2013, se equiparan las ausencias sin baja médica a las que sí la tienen, y que suponen un descuento del 50% del sueldo entre el primer y tercer día de ausencia.
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