Los jueces avalan un ERE por “grave deterioro económico”
La Audiencia exige que los despidos sean proporcionales
La Audiencia Nacional ha avalado los 31 despidos que la empresa Guerin Rent a Car consumó en mayo. La Sala de lo Social de este tribunal considera que está “acreditado que la empresa ha sufrido un grave deterioro económico, al perder entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de marzo de 2012 la cantidad de 18.817.475 euros” y que “la cifra de negocios de la empresa se ha deteriorado geométricamente”. Por eso, concluye la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, que el despido colectivo está justificado y es razonable y proporcional con la situación de la firma.
La compañía de alquiler de automóviles presentó un expediente de regulación de empleo el pasado 10 de mayo. Trataba de reducir su plantilla despedir 38 de sus 80 trabajadores. Durante las negociaciones, la empresa redujo a 31 el número de empleados afectados (varios de los excluidos eran representantes de los trabajadores incluidos inicialmente en el expediente) y les ofreció una indemnización de 27 días por año trabajado. La otra parte exigió una compensación de 30 días y las conversaciones concluyeron sin acuerdo. El 30 de mayo Guerin Rent a Car acabó despidiendo a 31 empleados.
Para justificar el despido final del 38,7% de la plantilla, Guerin Rent a Car, una empresa de origen portugués, argumentó que tenía pérdidas desde 2007
Para justificar el despido final del 38,7% de la plantilla, Guerin Rent a Car, una empresa de origen portugués participada por la aseguradora Mapfre, argumentó que tenía pérdidas desde 2007. Esto llevaba a la empresa a cerrar 14 de sus 17 oficinas en España. Solo se mantiene en los aeropuertos de Madrid, Barcelona y Málaga. Ambas medidas, según la sentencia, están justificadas.
Más allá del aval a la decisión de la compañía, la sentencia, de la que es ponente el presidente de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, Ricardo Bodas, entra en un debate abierto entre los jueces tras la reforma laboral: ¿tiene que ser proporcional el número de despidos con la crisis de la empresa? El tribunal concluye que sí y que el caso de Guerin lo es.
La reforma laboral eliminó del Estatuto de los Trabajadores la “razonabilidad” como principio rector de las medidas que adoptaran las empresas para afrontar las pérdidas, caídas de ingresos o cambios de organización. No obstante, la Audiencia razona que este principio sigue vigente puesto que España tiene suscrito el Convenio 158 de la Organización Internacional de Trabajo que exige que exista una causa justificada para despedir, “basada en las necesidades de funcionamiento de las empresas, establecimiento o servicio”. Por tanto, según la sentencia, a la hora de aplicar despidos colectivos es necesario “razonar de forma proporcional, utilizándose como técnica de ponderación la razonabilidad y la proporcionalidad, que constituye una técnica de ponderación de los sacrificios”.
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