Los notarios impedirán que se embargue un piso por debajo del 60% de su valor
El colectivo quiere que las subastas extrajudiciales tengan las mismas garantías que las judiciales

El Consejo General del Notariado ha aprobado este fin de semana una circular en la que se compromete a que los embargos de viviendas que se realicen en un proceso extrajudicial tengan las mismas garantías para los titulares de la hipoteca que los que tienen lugar ante un juez. Así, los notarios impedirán que los bancos se adjudiquen un piso por debajo del 60% de su valor en el mercado.
Los impagos hipotecarios que se resuelven en una notaría, como alternativa a los miles de procesos judiciales que se ejecutan al año, son todavía reducidos, pero van en aumento, tal y como ha denunciado la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH). Este tipo de venta extrajudicial está contemplada en la mayoría de las escrituras de constitución de un préstamo hipotecario. Si el titular no paga, la entidad financiera puede exigirle al cliente, a través de un requerimiento notarial, que devuelva el importe total de la deuda en un periodo de tiempo corto. Si el dinero no es depositado, la vivienda se subasta hasta tres veces: la primera por el 100% del valor de tasación, la segunda por el 75% y la tercera, sin mínimos, con lo que el banco puede quedarse con el piso a cambio de un euro.
La circular de los notarios impide a sus miembros aceptar ventas extrajudiciales por debajo del 60% del valor, como sucede en los procesos judiciales. Este gremio considera que el Ministerio de Justicia debe adaptar la regulación de este sistema a la "actual situación de crisis y sobreendeudamiento de las familias españolas", según un comunicado difundido hoy.
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