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CONSEJO DE MINISTROS

El Gobierno aprueba nuevos beneficios fiscales para las fundaciones

Los proyectos de Ley del Mecenazgo y de Fundaciones serán enviados al Parlamento para su aprobación.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la remisión al Parlamento los proyectos de Ley de Mecenazgo y de Fundaciones. Con los dos textos, el Gobierno pretende ampliar los beneficios fiscales de las fundaciones y entidades sin ánimo de lucro que realizan actividades educativas y culturales.

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El proyecto de Ley de Mecenazgo prevé que queden exentas de impuestos actividades relacionadas con la educación infantil hasta los tres años de edad, las actividades musicales y teatrales, coreográficas y circenses, así como la edición de revistas, folletos y material audiovisual.. Esta lista se añade a la del texto vigente: asistencia social y sanitaria, medio ambiente, investigación y desarrollo, cultura, defensa del patrimonio artístico, edición de libros y deporte.

Estas deducciones operarán cuando sean realizadas por fundaciones u entidades sin ánimo de lucro. Estas entidades estarán exentas de tributación por las rentas que se deriven de su actividad filantrópica o de su patrimonio, siempre y cuando destinen como mínimo un 70 por ciento de sus ingresos a estas actividades.

También habrá una deducción del 25 % en la cuota del IRPF para todas las personas que hagan donativos a las entidades establecidas; actualmente, la deducción es del 20 %.

La nueva ley permitirá a las fundaciones tener participaciones en empresas de cualquier sector y podrán, como hasta ahora, ejercer derechos políticos sin ningún límite, con la única excepción de que los consejeros de las fundaciones en la empresa participada no podrán estar remunerados. En el proyecto inicial, el texto limitaba la participación de las fundaciones en las empresas.

Ley de Fundaciones

La nueva norma sobre fundaciones sustituirá a la vigente de 1994. El proyecto incluye la posibilidad de que las fundaciones puedan desarrollar por sí mismas actividades mercantiles o industriales, siempre que estén relacionadas con sus fines. Además, establece una cuantía mínima de 50.000 euros en la dotación fundacional para garantizar su viabilidad económica.

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