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Anteproyecto de ley de incompatibilidades

El Gobierno renuncia a incorporar por ley sanciones a los cargos forales

Exime a mandatarios actuales de las restricciones para volver al sector privado

Los altos cargos de las Diputaciones forales no tendrán que cumplir las sanciones que prevé el anteproyecto de ley reguladora del código de conducta del cargo público y de su régimen de incompatibilidades. El futuro marco legal que el Departamento de Justicia del Gobierno vasco ha elaborado para los altos cargos del Ejecutivo, sus sociedades públicas y las Diputaciones, limita su aplicación a los mandatarios de estas últimas, de manera que solo serán vinculantes los principios de conducta y las normas de conflictos de intereses, con la dedicación exclusiva.

Otros aspectos, como el apartado de sanciones -que va desde la devolución de dinero, hasta el cese y los diez años de inhabilitación administrativa para ocupar cargos públicos, a los que se podría sumar una inhabilitación por la vía de lo penal-, no se aplicarían a los entes forales. La razón para este cambio ha sido la detracción de la Diputación de Bizkaia, que había criticado el alcance del anteproyecto por considerar que se entromete en sus competencias. La de Gipuzkoa había dado su visto bueno y la de Álava no ha remitido aún su opinión sobre el anteproyecto. Los Ayuntamientos tienen su propia normativa.

Los altos cargos esperarán dos años para poder trabajar en el sector público
Euskadi se equipara de este modo a la legislación nacional
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Las medidas que propone el texto legal, al que ha tenido acceso este periódico, se centran en detallar qué suponen incompatibilidades y qué no, superando la ley de 1983 de incompatibilidades para el ejercicio de las funciones públicas en Euskadi, una norma breve que según fuentes de Justicia es "muy drástica porque lo prohíbe absolutamente todo". Este hecho ha impulsado, a juicio de la consejería, que se hayan registrado numerosos incumplimientos de la normativa. El anteproyecto de ley, previsto inicialmente para finales de 2010, es el paso que el PSE había intentado dar en dos ocasiones cuando estaba en la oposición.

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La medida que más afectará a los altos cargos son las restricciones para trabajar en el sector público hasta dos años después del cese. Los excargos "no podrán prestar ningún tipo de servicio ni mantener relación laboral o mercantil con las empresas [...] con las que hubieren tenido relación directa" durante su etapa en la administración, es decir, aquellas hacia las que hayan dictado resoluciones favorables a ellas. Sí podrán volver a empresas en las que trabajaban anteriormente pero asegurando no ejercer en áreas vinculadas a su cargo público, un punto de flexibilidad para evitar que los profesionales del sector privado rechacen cargos públicos. Eso sí, la ley no plantea compensaciones económicas para evitar esas reticencias.

Estas contrataciones en los dos años siguientes al cese deberán ser informadas a la Administración y esta podrá obligar a suspender la contratación. Si la empresa lo elude, no podrá optar a contratar con la Administración pública mientras el vínculo con el excargo dure. Euskadi se equipara de este modo a la legislación nacional, que ya incluía en su articulado la regla de los dos años. Eso sí, a petición del Departamento de Industria, cuyos altos cargos están muy ligados a empresas privadas, esta medida solo se aplicará a los nuevos mandatarios que accedan a labores de gestión, no a los que ya los ocupan, según se desprende en la disposición adicional del anteproyecto de ley.

También se estudiará la ocupación de los cargos entrantes hasta dos años antes del momento de acceso a puestos públicos y no podrán participar en decisiones que afecten a esas empresas mientras que estén en puestos públicos. Los mandatarios no podrán tener más de un 10% del capital de empresas privadas relacionadas con la Administración, tal y como establece la normativa de 1983 -se añade la restricción a participar en empresas con un capital de más de 600.000 euro.

Pero con el nuevo texto legal se empieza a tener en cuenta a la familia del cargo público, al igual que hace la normativa estatal -cónyuge, pareja de hecho, familiares dentro del segundo grado de consanguinidad-, de manera que, entre todos, no puedan sumar un 10% de participación en entidades contratadas por las instituciones. La normativa obliga a dedicarse exclusivamente al cargo público y mantiene el criterio establecido en 1983 de tener una única remuneración. La futura ley incorpora excepciones como la de ocupar el cargo de alcalde, siempre y cuando el municipio tenga menos de 50.000 habitantes, el de concejal y se mantiene la compatibilidad con la actividad docente -remunerada-, parlamentaria y la publicación de trabajos, por ejemplo.

Dos años de 'cuarentena' laboral

La aplicación del anteproyecto de ley, un texto que deberá ser aprobado por el Consejo de Gobierno y después pasar el trámite parlamentario sujeto a modificaciones, hubiera puesto de manifiesto numerosas incompatibilidades de estar en vigor en la actualidad. Sobre todo, en lo relativo a las actividades de los altos cargos en los dos años posteriores a su cese, un periodo que si el anteproyecto se aprueba tal y como el Ejecutivo lo ha redactado estará estrechamente vigilado y obligará a los exmandatarios a informar de sus futuros contratos laborales para garantizar el cumplimiento de la legalidad.

Hay casos como el de los exconsejeros del Gobierno vasco Inaxio Oliveri (Educación), que pasó a ser rector de Mondragon Unibertsitatea al dejar su cargo como máximo responsable educativo en Euskadi, y Javier Retegi (Industria), que se incorporó al equipo directivo del grupo Mondragón. También se da la contratación del viceconsejero de Energía, Javier Aranburu, que trabajó en la privatización de Naturcorp desde el Ente Vasco de Energía (EVE), del que era vicepresidente, para después lograr el cargo de director general de la empresa privatizada por Hidrocantábrico, que ganó el concurso público.

La lista de excargos vinculados con empresas privadas con las que tuvieron relación es larga, pero no ilegal en la actualidad, porque la normativa vasca ha sido hasta ahora más laxa que la estatal o las de otras comunidades autónomas.

El anteproyecto de ley también prevé como desarrollo del texto normativo un código ético y de buen gobierno. Por de pronto, establece los principios de actuación tales como resguardar el interés público en las actuaciones de los cargos, los criterios de objetividad, transparencia, no discriminación, sostenibilidad igualdad entre sexos, lealtad institucional y protección del euskera.

Además, se recogen principios de conducta como el de no dar un trato favorable a nadie, mantener la discreción de los datos con los que trabaja la Administración y no utilizarlos en beneficio propio o de las personas cercanas al cargo público. El anteproyecto también versa sobre los regalos a los altos cargos.

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