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Análisis:ANÁLISIS
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Instituciones y corrupción

Mi mujer es vasca, de Bilbao; mis hijos, nacidos ayer (por el miércoles), son donostiarras; hasta mi perro es vasco. Trabajo y vivo aquí y tengo la pretensión de decir que estoy en proceso de euskaldunización; Osakidetza gastó un fortunón por devolverme al mundo; por último los "Mercados" y la sumisión al proceso de globalización en el modo que se está desarrollando, hace que mi aprecio por lo pequeño y lo próximo crezca día a día y me acerquen estas circunstancias al soberanismo y a pensar que otra relación con el Estado es posible. Aun así, lo relativo a las instituciones del Estado me sigue interesando, aunque sólo sea por evitar en lo posible errores que venimos padeciendo.

¿Qué poder conserva la Corona que consigue todo, hasta no imputaciones?
Los entramados institucionales han de tener definidas sus funciones perfectamente

Sigo con interés las informaciones que este periódico publica diariamente sobre el escándalo del duque de Palma, yerno del Rey y guipuzcoano de nacimiento. El interés, grande, que me despierta viene dado porque no consigo entenderlo. No entiendo cómo es posible que este señor haya conseguido vender humo, y humo muy malo, a instituciones públicas y organismos privados. Ni siquiera consigo entender qué es lo que pretendía vender en términos abstrusos y arcanos para mí, relativos a sponsoring, rentabilidad social, o yo que sé.

Si resultara que Matas o Camps se hubieran repartido con él el botín -pero esto no ha aparecido- me lo podría explicar. Si las empresas a las que ha girado facturas millonarias por trabajos burdos de corta y pega dependieran del duque para obtener alguna prebenda, me lo explicaría, pero esto no es así. Ni la SGAE ni el Villareal, magníficamente gestionado, han obtenido beneficio alguno, pero ni siquiera parece que pudiera haber expectativas.

A primera vista, este caso de corrupción, sea o no presunta, presenta una diferencia con los demás. En este caso concurre un elemento nuevo: el ridículo. La proximidad a una institución como la Corona es suficiente para disponer de fondos públicos sin concurso o para destinar cantidades millonarias en cosas que ni existen -en pretenciosos parvenues como Camps o Matas a lo mejor hasta es entendible, pero en todos los demás casos...- ¿Qué poder conserva la Corona que consigue todo, hasta no imputaciones?

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Durante el siglo XIX y el primer tercio del XX la dicotomía entre monarquía y república tuvo una grandísima transcendencia de la que hoy carece. El Rey detentaba por sí mismo o con las Cortes, según el texto constitucional del momento, la soberanía, esto es el poder constituyente. Despojada ya la institución del poder soberano y vinculado el Ejecutivo a los representantes del pueblo, ¿qué le queda a la monarquía? Pues realmente nada; funciones protocolarias que podrían realizarse más propiamente por otros órganos.

Así, quién mejor que el Notario Mayor, el ministro de Justicia, para promulgar y ordenar la publicación de las disposiciones con rango de ley. En cuanto a lo demás, pues lo mismo; muchas funciones pueden ser perfectamente asumidas por el presidente del Congreso y, en caso de aquellas que requieren sanción, pues lo lógico parece ser que directamente las haga el competente para sancionar. La Constitución adopta este criterio veladamente y deja a la Jefatura del Estado sin funciones.

Entonces ocurre que un órgano unipersonal cuyo titular además lo ha convertido en pluripersonal y así asigna sueldos a sus hijos con entera libertad, queda desnudo de funciones, pero ya hemos visto que no de poder. No acierto a reconocer su naturaleza, pero desde luego existe tal poder. Se genera pues en el seno de un órgano inútil un caldo de cultivo absolutamente propicio para casos de corrupción. Por tanto, la transparencia y la declaración periódica de bienes de todos aquellos que viven en ese remanso de poder sin función es completamente necesaria. O bien acabar con el remanso, sea cual sea su nombre, se acceda al mismo por elección o se acceda vía alcoba.

De todo lo anterior puede resultar que los entramados institucionales deben tener perfectamente definidas sus funciones. Tan grave resulta la duplicidad de funciones como la existencia de órganos sin funciones o con funciones difusas, porque, además de un gasto inútil, se está generando el hábitat necesario para que florezcan casos como bravos en Gipuzkoa, casos como los de Álava...

Si al hablar de lucha contra el fraude fiscal pensamos en regulaciones de los tributos sencillas, claras y que impidan la creación de reservorios de elusión fiscal, en la lucha contra la corrupción administrativa tan importante como la transparencia es un entramado institucional sencillo y claro con un reparto de funciones presidido por el principio de mayor democracia y de subsidiariedad. Me atrevo con un ejemplo. Si el valor de la armonización tributaria entre nuestros tres territorios es tan grande, unifiquemos las competencias en un órgano democrático y transparente, el Parlamento vasco, y no arbitremos órganos oscuros y complejos cuyas funciones son difusas y poco clara como el OCT.

Tan importante como evitar duplicidades y, no sólo, en términos económicos, es ordenar una arquitectura institucional adecuada y suficiente que comprenda los niveles necesarios, pero sólo los necesarios desde el principio de democracia y eficacia.

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