El jurado absuelve al yerno de los Tous porque mató en defensa propia
Corominas afrontaba siete años y medio de cárcel por disparar a un asaltante
Lluís Corominas y su mujer se metieron a toda prisa en el coche gris que les esperaba a las puertas de la Audiencia de Barcelona. Rodeado por una nube de cámaras y parapetado tras el cristal del asiento trasero, el yerno de la familia de joyeros Tous levantó el pulgar en señal de victoria y se despidió de los suyos con una leve sonrisa. Ayer, al filo de las 18 horas, Corominas escuchó el veredicto del jurado, que le declaró no culpable (por seis votos a tres) de un delito de homicidio.
La tarde del 9 de diciembre de 2006, un grupo de ladrones intentó asaltar el chalet de los joyeros en Sant Fruitós de Bages (Barcelona). Un auxiliar observó el robo por las cámaras de vigilancia y alertó a Corominas, que ejercía, de facto, como jefe de seguridad de la familia. El acusado se dirigió armado con su pistola (tenía permiso de armas) hacia un Renault Megane aparcado cerca de la vivienda. Allí se topó con dos asaltantes y realizó dos disparos; uno de ellos acabó con la vida del albanokosovar Sinani Gazmend. En el momento de los tiros, el caco ya había puesto el pie en el acelerador para intentar darse a la fuga.
El jurado cree que los disparos fueron "casi un acto reflejo" fruto del miedo
Tras 48 horas de deliberación y tres semanas de juicio, el jurado popular concluyó ayer que Corominas disparó al presunto ladrón en defensa propia y atenazado por un "miedo insuperable" que le hizo perder la noción de la realidad. Seis de los nueve ciudadanos que han hecho de jueces creen la versión dada por el yerno de los Tous: que su imaginación le jugó "una mala pasada" y por eso creyó ver, en manos de uno de los ocupantes del coche, una pistola que jamás existió. El jurado se basa en un informe forense según el cual, en estado de alerta, se puede producir una "distorsión de la percepción".
Gazmend hizo un "movimiento brusco" dentro del coche que hizo pensar a Corominas en un ataque inminente. Por eso, en lo que fue "casi un acto reflejo", disparó con el único fin de defenderse, considera probado el jurado. Todo ocurrió muy deprisa y sin tiempo para reflexionar. No disparó, por tanto, consciente de que podía causar la muerte a los asaltantes ni para impedirles la huida, como argumentaba la fiscalía, que pedía para él siete años y medio de cárcel.
La legítima defensa putativa era, precisamente, una de las eximentes que había solicitado la defensa de Corominas. El jurado también apreció la segunda de ellas: el "miedo insuperable". Con idéntico resultado (6-3), los ciudadanos sostienen que el acusado sintió el miedo como una "amenaza real", que disparó movido por ese pánico y que no tenía otra alternativa más que usar el arma.
El veredicto del jurado se basa en parte en los informes periciales psicológicos, pero también en las declaraciones de Corominas a lo largo del juicio. El yerno de los Tous no pudo analizar su comportamiento y actuó en todo momento "condicionado" por la conversación telefónica que mantenía, paralelamente, con el vigilante del chalet, quien le alertó de que los asaltantes iban armados y eran peligrosos.
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