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Reportaje:vida&artes

Primero los niños; después, todo lo demás

Las últimas sentencias sobre adopción y acogida anteponen el interés del menor a los lazos de sangre y las normas burocráticas - Los jueces tratan de impedir que se repitan los errores del pasado

Algo se mueve en los tribunales. Las sentencias que tratan sobre adopciones y acogimientos parecen haber tomado la dirección contraria a arraigadas creencias milenarias. Jueces y políticos coinciden en que el derecho de sangre se ha devaluado, y que los enrevesados reglamentos de las Administraciones admiten excepciones. Sobre uno y otros están los niños. Dos sentencias en Madrid y Granada tienen en cuenta las razones de todas las partes en litigio por la custodia de unos niños, e incluso reconocen que los argumentos de los implicados pueden ser legítimos. Pero a la hora de dictar sentencia son contundentes: por encima de todo está el bienestar de los menores.

El Tribunal Supremo ha tenido que dirimir sobre decenas de sentencias contrapuestas y, en el verano de 2009, corrigió el criterio de jueces y audiencias provinciales que concedían más importancia a la letra pequeña de cualquier trámite burocrático de las Administraciones autonómicas y a los derechos de sangre de progenitores que no podían atender adecuadamente a su prole que a los intereses del menor. Desde entonces, sigue habiendo decisiones polémicas, pero se abre paso el criterio de prevalencia del niño frente al resto de derechos, que es, también, el eje central de la futura Ley de Adopción Nacional. El Gobierno tiene previsto remitir a las cortes el proyecto de esta ley el próximo mayo.

La futura Ley de Adopción Nacional llegará en mayo al Parlamento
"La paternidad no la da la biología ni la adopción. La da la responsabilidad"
"Algunos jueces deberían pedir perdón", dice el portavoz de Prodeni
El Supremo puso orden en 2009 a los dispares criterios de las audiencias
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Jesús García Pérez, jefe de pediatría social del hospital infantil Niño Jesús de Madrid, resume este cambio de tendencia en una frase: "La paternidad no la da la biología ni la adopción. La paternidad la da la responsabilidad".

Lucía, la niña de tres años y medio que ha sido noticia por la sentencia de la juez de Madrid María Teresa Martín Nájera, quedó huérfana a los seis meses de nacer. El presunto padre se desentendió de ella. La familia materna, residente fuera de España, tampoco se hizo cargo de la pequeña. Así que siguió el trámite habitual: una vez descartado el regreso con su familia natural, Lucía fue declarada en desamparo y pasó a la tutela de la Administración. Como era casi una recién nacida, se buscó una familia provisional que la cuidara durante al menos un mes. Es el sistema que recomiendan los profesionales implicados en el abandono de menores. Tratan de evitar que los bebés ingresen en centros del Estado porque, aunque estén magníficamente equipados, carecen de lo que más necesita un niño tan pequeño para su desarrollo: vínculo familiar. Así fue como llegó Lucía a la casa de Rebeca y Gabriel, una pareja de 45 y 50 años.

El problema es que no transcurrió un mes o dos, sino 17, y durante ese tiempo se creó un fuerte lazo de afecto entre los tres. La Comunidad de Madrid reclamó a la menor para internarla en un centro mientras se tramitaba la adopción; preferían una pareja más joven, que estuvieran completamente sanos -Rebeca padece esclerosis- y que se hubieran inscrito previamente en las listas de preadopciones, una lista en la que Gabriel y Rebeca no figuraban porque en un principio optaron solo al acogimiento. Todo este proceso hubiera obligado a Lucía a permanecer en el orfanato durante el largo periodo de formalización de adopción con otros padres. La fiscal apoyó a la Comunidad de Madrid. Pero los peritos judiciales desaconsejaban la separación porque Lucía estaba muy bien integrada con su familia provisional. Un regreso al orfanato la expondría a daños psicológicos perversos. Contra todo pronóstico -la posición de la fiscalía y las consejerías autonómicas suele ser determinante-, la juez decretó en marzo que Lucía es la hija de Rebeca y Gabriel.

En esos mismos días, el magistrado Antonio de la Oliva de Granada, otorgaba la tutela de una niña de cuatro años a una pareja de homosexuales, uno de ellos tío de la menor, por anteponer "la plena adaptación de la pequeña al medio que la rodea, la cobertura sanitaria y que los solicitantes disponen de vivienda propia, perfectamente equipada, y muestran un gran vínculo afectivo hacia N. y esta hacia ellos. Los solicitantes", decía el auto, "satisfacen todas sus necesidades".

¿Significa esto que la extrema pobreza en la que viven la práctica totalidad de las madres que han perdido la tutela sobre sus hijos va a determinar la decisión de los jueces? ¿Solo tienen derecho a la paternidad quienes pueden hacerlo debidamente aunque no hayan pasado por el paritorio?

Los expertos aseguran que la pobreza no es el factor esencial, aunque siempre está presente en estos casos. Pesan más factores como el encarcelamiento de los progenitores, o la drogodependencia, las enfermedades mentales y la inestabilidad emocional, que impiden alimentar adecuadamente a los hijos y procurar su escolarización.

"Parece que entra aire fresco favorable a los derechos del niño", comenta José Luis Calvo, vicepresidente de la ONG Prodeni, una de las más activas en la defensa de los menores. A él también le llama la atención "el cambio de tendencia" que poco a poco está calando entre los jueces. Y añade, optimista: "Parece que nos alejamos de los años negros -los ochenta y parte de los noventa- en los que algunos jueces cometieron tantas barbaridades que no entiendo cómo pueden dormir tranquilos". Calvo recuerda las controvertidas sentencias de Diego, el niño de El Royo (Soria); Piedad, en Canarias, la niña de La Pedriza (Valladolid); Iván y Sara de Sevilla; la niña de Benamaurel (Granada)... y tantos otros -menos mediáticos- cuyos expedientes duermen en juzgados y audiencias con argumentos del tipo de "el menor debe ser la mejor medicina" para la curación de los padres, o que estos "estarán más motivados para superar sus adicciones si tienen a los niños", o que "no se puede separar a una deficiente mental de su hijo, aunque esté incapacitada". "Estos jueces deberían pedir perdón", dice Calvo.

En todos estos casos, los magistrados creían que el menor debía estar inexorablemente con la madre biológica y que, ante un cúmulo de contrariedades que ofrecían pocas garantías de paternidad responsable, exigían a los servicios sociales que las ayudaran a curarse, dejar las drogas y rehacer sus vidas, sin plazo de tiempo. Y mientras tanto, los menores, a los centros del Estado. Si los adultos reincidían y volvían a prisión, si fallaban de nuevo en el enésimo intento de rehabilitación o si se negaban a medicarse para sus trastornos mentales, las Administraciones debían insistir en la ayuda y los orfanatos continuar tutelando a los menores. Hasta la mayoría de edad del niño desamparado, había tiempo para intentarlo.

Dos semanas antes de la sentencia clave del Supremo de agosto de 2009, en Barcelona, una juez ordenó que cinco hermanos senegaleses de entre siete y 14 años regresaran con sus progenitores, a pesar de que la Generalitat retiró la tutela tres años antes por abandono y palizas. Los tres mayores fueron a un centro. Los dos pequeños -10 y 7 años-, a una familia de acogida. Estos escribieron una carta a la juez: "No queremos volver con los padres de antes porque nos pegan (...) Estamos mejor con los de ahora, que nos cuidan y nos quieren". La juez no tomó en cuenta esta carta, que detallaba episodios de malos tratos, ni el expediente de la Administración. Creyó a los padres naturales, que reconocieron pegarse frecuentemente entre ellos pero negaron maltratar a los pequeños.

Mario Bedera, exdiputado socialista e impulsor de la Ley de Adopción Internacional (2009), recuerda que en ocasiones se bordeó la crueldad y se generaron no pocas tragedias. Por eso obtuvo la unanimidad del resto de parlamentarios para añadir en el último momento una disposición adicional en dicha ley un tanto fuera de contexto, pero que puso límite temporal a los problemas: si en un plazo de dos años los progenitores biológicos no se han interesado por sus hijos, o acudido a cursos de desintoxicación o mostrado voluntad de curación, pierden los derechos sobre sus hijos.

La mayor parte de madres biológicas que siguen esperando la devolución de sus niños, y cuentan sus emotivas historias en foros y webs, están convencidas de que su delito ha sido ser pobres. Y no pueden aceptar que los largos años que han necesitado para superar las desgracias que motivaron el desamparo de sus hijos han corrido en su contra, porque los menores se han integrado en otro entorno y los psicólogos desaconsejan truncar esa evolución.

Pilar Castillo recuerda que sus dos hijos pequeños fueron engendrados en los vis a vis de una cárcel mallorquina donde su pareja cumplía condena. Incluso se ríe al recordar que el positivo del Predictor que anunció la gestación del pequeñín fue televisado en directo en el programa Cerca de ti, entre las ovaciones del público. Pasó unos años difíciles durante los cuales los menores Gabriel y Máximo fueron dados en preadopción. Y ahora, Pilar, ya recuperada, lamenta: "Me los quitaron por ser pobre, no tener trabajo ni vivienda ni estabilidad emocional, como mucha gente. No hay derecho". Ha pasado siete años sin verlos y continúa felicitando a Gabriel en su cumpleaños a través de su blog: "Sé que mañana, cuando estés en la fiesta, estarás mirando a la puerta para ver si entro yo, tu mamá (...). Estoy llamando casi cada día a televisión para ver si hay forma humana de salir para ver si de casualidad me veis... Sé que esos papás que tienes seguro que te compraron una play station que a lo mejor mamá no te la podría comprar, pero yo sé que tú prefieres mis besos, abrazos y mi cariño antes que esos juguetes que te compran".

La Audiencia Provincial de Mallorca confirmó a finales de 2009 la sentencia de primera instancia por entender que había mostrado interés en el cuidado de su hijo, "mas ello ha sido de forma intermitente y no siempre adecuada, de modo que con el paso del tiempo la situación se ha cronificado en detrimento de los intereses del menor". Los informes psicosociales aseguran que los niños deben seguir con la familia acogedora, en la que "disfrutan de estabilidad y que los menores no desean abandonar". En el caso de Pilar Castillo, los tribunales aplicaron la nueva jurisprudencia.

El Supremo se pronunció a raíz de la pérdida de la tutela de Dolores Hernández sobre su hija Susana. En primera instancia, el juez dio la razón a la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Castilla-La Mancha porque observaron "negligencia en el cuidado de la menor, inadecuadas condiciones de la vivienda, conflictos de pareja y negativa a admitir el apoyo de los servicios sociales". El juez también tuvo en cuenta informes policiales sobre la prostitución supuestamente ejercida por Dolores "delante de su marido e hija". La psicóloga alegó que su deficiencia mental la incapacitaba para la crianza de la pequeña Susana. La niña fue hospitalizada con dos meses de vida por malnutrición. Recibió ayuda económica para comprar leche maternizada pero se repitió el episodio. Los servicios sociales eran ahuyentados a gritos.

La menor entró en proceso de preadopción. Durante esta fase, la ley impide el contacto con la familia biológica. Hasta que la Audiencia Provincial propinó un rapapolvo al juez y revocó su decisión: "Se debía haber ayudado con todos los medios al alcance de la Administración hasta conseguir que los padres desarrollaran adecuadamente las responsabilidades paternofiliales", argumentaron. Dos años después, fue el Supremo quien propinó otro rapapolvo, esta vez a la Audiencia, por "haber atendido exclusivamente a los intereses de la madre biológica y desconocer los intereses de la menor", y aprovechó para unificar criterios en este sentido. La pequeña, que tenía ya siete años, estaba integrada en su nueva familia, con la que convivía desde que tenía dos. Tras el Supremo, solo cabía recurso de amparo ante el Constitucional. Fue denegado.

Isidoro Hernández, abogado de Dolores, guarda mucho afecto por su defendida y cree que "le arrancaron a la niña de los brazos por ser pobre". A este letrado todavía le "hierve la sangre" al recordar el caso, hasta el punto de seguir con atención a través de terceras personas la evolución de la pequeña Susana. Y dice: "Tengo que reconocer que está muy bien con su nueva familia. Está contenta y su evolución escolar es excelente. Puede que la injusticia en el fondo haya hecho justicia".

Rebeca en la piscina con su hija Lucía, cuya adopción ha sido decidida por la juez Nájera.
Rebeca en la piscina con su hija Lucía, cuya adopción ha sido decidida por la juez Nájera.

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