La inscripción la resolverá la Sala Especial del alto tribunal
Si el Ministerio del Interior aprecia que de los estatutos de Sortu se desprende que la nueva formación pretende continuar o suceder la actividad de otro partido declarado ilegal y disuelto, los remitirá a la Fiscalía General y a la Abogacía del Estado para que, en un plazo de 20 días puedan instar el incidente de ejecución de sentencia previsto en el artículo 12 de la Ley de Partidos Políticos. En ese caso se repetirá el mismo proceso que en 2007 llevó a la Sala Especial del artículo 61 del Supremo a denegar la inscripción de Abertzale Sozialisten Batasuna (ASB) antes de los comicios de aquel 27 de mayo.
El plazo para impugnar la inscripción es de 20 días hábiles (no se cuentan sábados, domingos ni festivos) a contar desde anteayer, en que fueron presentados los estatutos de Sortu. Interior los remite a la Fiscalía General y a la Abogacía del Estado, que confeccionarán sus demandas a partir de los informes de la Policía y Guardia Civil sobre los promotores y las presentarán ante la Sala Especial. Si se sigue el guión de ASB, la Sala dará a Sortu 10 días para presentar alegaciones y pruebas, y después resolverá sobre la inscripción.
En el caso de ASB, desde que Interior apreció indicios de ilegalidad, el 27 de marzo de 2007, y los remitió al fiscal y a la Abogacía del Estado hasta que la Sala Especial denegó la inscripción, en sentencia de 16 de mayo, transcurrió un mes y medio aproximadamente.
La Fiscalía y la Abogacía del Estado presentaron sus demandas el 3 de abril para ilegalizar ASB como sucesora de Batasuna. Sin embargo, aquel proceso se vio enturbiado por la irrupción de agrupaciones de electores bajo la marca Abertzale Sozialistak y candidaturas del partido legal ANV, y ASB pasó a segundo plano.
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