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El Supremo confirma la condena por una explosión en Getafe

El Tribunal Supremo ha confirmado en una sentencia las penas impuestas al propietario de una empresa de efectos especiales que almacenaba material pirotécnico sin disponer autorización para ello, lo que provocó una explosión y un incendio posterior que provocó la muerte de dos trabajadores.

Los fallecidos trabajaban en una nave contigua a la de la empresa de efectos especiales del polígono Los Ángeles de Getafe en la que se originó la explosión sobre las nueve de la mañana del 6 de septiembre de 2004, según la sentencia.

Por estos hechos, el Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el acusado, Juan Ramón M. C., y ha confirmado ahora la pena impuesta el año pasado por la Audiencia Provincial de Madrid por delitos de homicidio imprudente, lesiones imprudentes y de depósito de sustancias explosivas.

La Audiencia Provincial de Madrid condenó al acusado a cuatro años de prisión por el depósito de sustancias explosivas o inflamables, y a dos años y seis meses de cárcel por dos delitos de homicidio imprudente y tres de lesiones por imprudencia.

Los magistrados del Supremo han rechazado los argumentos esgrimidos ante el alto tribunal por la defensa del acusado, que, entre otras cuestiones, apeló a la vulneración del principio constitucional de proporcionalidad en la aplicación de penas y en la fijación de indemnizaciones.

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