Suspendidos siete artículos del reglamento del catalán en Barcelona
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha suspendido cautelarmente siete de los 22 artículos del reglamento de uso de la lengua catalana del Ayuntamiento de Barcelona que recurrió el PP. Los jueces razonan que esos artículos "contienen mandatos concretos y específicos cuyo significado excluyente del castellano es claro y manifiesto e impiden una interpretación distinta a la de su significado estrictamente literal". El auto judicial puede ser recurrido y no prejuzga el contenido de la sentencia que se dicte, que podrá ser impugnada ante el Tribunal Supremo.
El TSJC considera que mantener la vigencia de esos artículos "comportaría un perjuicio de difícil o imposible reparación", lo que justifica la suspensión. Los siete artículos establecen, entre otras cuestiones, que las actuaciones internas del Ayuntamiento y las actas se han de redactar en catalán, y que el personal municipal ha de emplear esta lengua en todas sus comunicaciones administrativas, orales o escritas, salvo que el ciudadano pida ser atendido en castellano.
La resolución del TSJC, que contiene un voto particular, copia íntegramente un párrafo extraído de la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional sobre el Estatuto, en el que se cuestiona la "imposición" de esa lengua con carácter preferente.
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