El juez ve indicios racionales de criminalidad en la acción de Fabra
Las acusaciones concretan el lunes sus peticiones de cárcel.-El juez considera que la investigación paralizó el plazo
El titular del juzgado número 1 de Nules recibirá el lunes las peticiones de cárcel que la Fiscalía Anticorrupción y la acusación popular soliciten para el presidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, por la comisión de los presuntos delitos de tráfico de influencias, cohecho y fraude fiscal. Ese es el plazo otorgado por el juez para que presenten los escritos de acusación provisional y recogido en el auto del pasado 30 de junio, dictado tras la vistilla en la que se debían concretar las imputaciones.
En dicho auto, el juez argumenta la confirmación de las imputaciones al considerar que "existen indicios racionales de criminalidad" en la actuación de Fabra y pasa a un relato en el que expone cómo el empresario Vicente Vilar "se puso en contacto" con Fabra, que "accedió a interesarse" por la situación de sus productos que fabricaba el fitosanitario "y a mediar" para agilizar la tramitación y obtención de autorizaciones.
El juez rechaza que la acusación se base en la declaración de Vilar
El resto de imputados "se limitó a atender las peticiones de Fabra"
El auto añade que el presidente de la Diputación de Castellón "requirió" a Vilar el pago de 150.000 euros en metálico "en reconocimiento a su labor de mediación" y que Fabra "continuó con su labor a favor de las empresas de Vicente Vilar (...) valiéndose de sus relaciones", a la vez que, "en concepto de pago por unos supuestos informes", cobró otros 253.000 euros. Según el auto, "en parte por las ganancias mencionadas y en parte por otras partidas" el matrimonio Fabra obtuvo "ingresos que ocultaron a la Hacienda Pública", concluye.El presidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, ha proclamado siempre su inocencia, ante las imputaciones por la comisión de los presuntos delitos de tráfico de influencias, cohecho y fraude fiscal. Dijo no haber intermediado a favor del empresario Vicente Vilar, primero su amigo y luego su acusador. Y, cuando la Agencia Tributaria presentó la primera denuncia por fraude fiscal, por la declaración de 1999, aseguró no haber defraudado nunca, aunque posteriormente, no ha aclarado el origen de los millones de euros ingresados en sus cuentas para los que los peritos que las han examinado no encontraron origen conocido y justificado.
El último intento por archivar el caso fue el viernes 25 de junio, cuando el letrado del dirigente del PP sostuvo que no había indicios suficientes de que Fabra hubiera cometido los delitos contra la Administración pública y apeló a la prescripción para tratar de parar también las acusaciones de fraude fiscal.
En el auto posterior a la vistilla, el titular del juzgado número 1 de Nules, Jacobo Pin, expone que existen "indicios racionales de criminalidad", respecto al tráfico de influencias y el cohecho y argumenta por qué rechaza la solicitud de prescripción de los delitos. Así, en su escrito, recuerda el auto de la Audiencia, de febrero de 2006, por el que se acordó la elaboración de un informe pericial "que abarcase los ejercicios fiscales referidos a los años 1999 a 2004" y considera que, con esta decisión, "quedó el procedimiento ampliado" a los presuntos delitos contra la Hacienda Pública y, por tanto, interrumpida la prescripción, que tiene un plazo de cinco años.
En el caso de la acusación por los delitos contra la Administración pública, la defensa de Fabra apeló a que las acusaciones se habían basado en las declaraciones de Vicente Vilar, que "por estar contaminadas por motivos espurios, no deberían ser tenidas en cuenta". Sin embargo, el juez apunta que ni la acusación pública ni la acusación popular hicieron mención a las mismas.
La resolución judicial entra a tratar por qué el juez atendió la tesis de la fiscalía, que solicitó limitar el caso Fabra, que implicó hasta 13 imputados, a tan sólo cuatro, Fabra, el empresario Vilar y las que, en el momento de los hechos eran las esposas de ambos, María Amparo Fernández y Monserrat Vives, respectivamente. En su escrito, considera que "de las exhaustivas y extensas actuaciones instructoras (...) no puede derivarse la comisión de ilícito penal alguno" y apunta que "solo puede deducirse" que los hasta ahora imputados, senadores, directores generales y otros cargos de la Administración central y autonómica, "se limitaron a atender a las peticiones de información procedentes del resto de imputados, principalmente de Carlos Fabra".
Aunque el juez entiende que "atendieron" las peticiones formuladas por el dirigente del PP, resuelve que no se ha acreditado "que a cambio recibiesen contraprestación alguna o cualquier otro beneficio, directo o indirecto, menos aún que lo solicitasen u ofreciesen y aún menos que dictasen a sabiendas resoluciones injustas en las materias que son objeto del presente proceso".
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