Otras autonomías estudian acomodarse a los retoques constitucionales catalanes
La Generalitat halló similitudes en textos de regiones gobernadas por el PP
El Estatuto catalán es la vara de medir de la España autonómica. El resto de regiones estudian ahora qué partes (constitucionales) de esa norma les conviene incorporar a sus leyes, y su reverso tenebroso: los recortes que heredarán del fallo del Tribunal Constitucional. Ya lo ha avisado el Poder Judicial: "Lógicamente, va a afectar , tendrán que acomodarse a lo establecido".
Hace tres años, el Gobierno catalán denunció que casi un centenar de los artículos recurridos por el PP habían sido incorporados con la aquiescencia conservadora a las normas de Andalucía, Comunidad Valenciana, Islas Baleares y Aragón. Definió cuatro niveles, que oscilan de un redactado idéntico a semejanzas. Tras el fallo, estos son los puntos conflictivos:
- Financiación. El Estatuto catalán condiciona su aportación a las comunidades más pobres a que estas realicen "un esfuerzo fiscal similar". El tribunal tumba esa frase, casi idéntica en la ley balear (art. 123.2), la aragonesa (107.2) y la andaluza (175.2.c).
- Lengua y cajas. La ley valenciana incluye un artículo similar (6.2) en cuanto al derecho a la educación en castellano y catalán, aunque no obliga a "utilizar normalmente" esta última como "lengua vehicular". Según el Gobierno catalán, también hay similitudes evidentes en las competencias exclusivas que se reservan sobre cajas de ahorros (art. 49.1.34a), que se extienden al andaluz (art. 75) y fueron tumbadas por el tribunal (art. 120.2 y 126.2 del catalán).
- Justicia. El Constitucional anula el artículo 97 de la ley catalana, que define el Consejo de Justicia de Cataluña como órgano de gobierno del poder judicial en esa comunidad. Es casi idéntico al 144 del andaluz, y tiene similitudes con el 64.2 del aragonés. Esta última norma guarda muchas otras semejanzas, pero lo más relevante es la que se refiere a la participación en las decisiones estatales que afecten a sus competencias (el Constitucional obliga a reinterpretar el art. 174.3 del catalán, casi idéntico al 89.1 del aragonés), y a la convocatoria de un referéndum para sancionar cambios estatutarios (art. 223.1.i del catalán y 115.7 del aragonés).
- Consultas. La ley andaluza es casi idéntica a la catalana en cuanto a consultas populares (art. 78), que el tribunal ha reinterpretado (art. 122 del catalán). El PP votó a favor de la norma andaluza en el Congreso de los Diputados.
Mientras, la reforma del Estatuto extremeño sigue en el Congreso. El PSOE y el PP pactaron ayer cambios técnicos, que no afectan en cualquier caso a la disposición adicional segunda, que relaciona la deuda histórica con inversiones estatales complementarias. El fallo del Constitucional puede llevar sin embargo a realizar cambios una vez conocida la sentencia.
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