La justicia tumba el reparto de canales de TDT de la Generalitat
Otro fallo obliga a repetir la adjudicación al RACC de los cursos para recuperar puntos del carné de conducir
La Generalitat se ha llevado un doble varapalo judicial en dos asuntos diferentes pero con un fondo común similar: la corrección en la convocatoria de dos concursos y la posterior adjudicación. Y en ambos casos la reacción de la Administración ha sido la misma: restar importancia a las sentencias y minimizar sus consecuencias. En uno de los casos, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado la adjudicación que hizo la Generalitat de concesiones de televisión digital terrestre (TDT) a 37 de los 96 canales disponibles, de las que se beneficiaron televisiones locales públicas restringiendo el acceso a los canales privados, según el fallo. Según confirmó el Departamento de Cultura y Medios de Comunicación a la agencia Europa Press, el tribunal ha dado la razón al demandante -la sociedad mercantil Infraestructuras y Gestión 2000-, que se quedó sin concesión. El tribunal ha anulado el acuerdo del Gobierno catalán de septiembre de 2005 referente a las concesiones, al considerar que se debían adjudicar a las televisiones públicas 24 canales y no 37, según la ley estatal de televisión local. La sentencia "está poco fundamentada", opinaron representantes del Departamento de Cultura, que anunciaron que el fallo no tendrá "efectos prácticos" porque recurrirán.
La otra sentencia contraria a la Generalitat está relacionada con un concurso del Servicio Catalán de Tráfico para los cursos de recuperación de puntos del carnet de conducir. El Tribunal Superior obliga a repetir la mesa de contratación para otorgar esa licencia, con lo que el actual adjudicatario, el RACC, que ya imparte estos cursos, deberá volver a presentarse. El TSJC ha desestimado el recurso de apelación de la Federación de Autoescuelas de Cataluña (FAC), que pedía que se anulara la adjudicación de la licencia del RACC por, según ellos, haber recibido un trato de favor.
El fallo obliga a repetir el proceso por un defecto de forma en la documentación presentada. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 9 de Barcelona ya anuló en mayo de 2008 la concesión del RACC por considerar que hubo un defecto de forma y no un trato de favor hacia el RACC, aunque la FAC recurrió. Con la actual sentencia del Tribunal Superior, ya definitiva, la mesa de contratación no requerirá la documentación previa de todas las entidades que deseen presentarse al concurso, sino que se volverá a escoger entre las que se presentaron al concurso que el Servicio Catalán de Tráfico anunció en 2006.
El responsable de la Oficina del Plan de Seguridad Vial del SCT, Xavier Almirall, se congratuló por el fallo porque sólo se debe volver a reunir la mesa de contratación, sin que la sentencia ponga sobre el tapete un supuesto trato de favor al RACC.
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