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La ley exigirá permiso de trabajo a vendedores ambulantes

Los comercios podrán hacer promociones antes de las rebajas

El anteproyecto de ley de comercio, largamente acariciado por el bipartito y retomado por el gobierno del PP, cambia sustancialmente la regulación actual (del año 98) en materia de venta ambulante, atendiendo a una de las demandas de la patronal. Aunque deja en manos de los ayuntamientos la gestión de los mercadillos, establece más requisitos para los vendedores, como la necesidad de permiso de residencia y trabajo en el caso de los extranjeros. Es una de las bases de la norma que recibió ayer el visto bueno del Consello e inicia su trámite parlamentario. El texto cumple, según el presidente de la Federación de Comercio, José María Seijas, "con las expectativas del sector", que siempre ha pedido más controles sobre los ambulantes, las ferias de oportunidades y las rebajas. Para el presidente de la Xunta, "está hecha de la mano y no a espaldas de los comerciantes gallegos", pese a que el borrador no lo recibieron hasta ayer ni las Cámaras de Comercio ni la Federación.

La Administración podrá impulsar centros comerciales donde no haya

- Venta ambulante. Como hasta ahora, está sujeta a obtención de licencia municipal, aunque los ayuntamientos deberán recoger en sus ordenanzas el régimen de autorizaciones, los productos ofrecidos, el régimen interno de los mercados y una relación de derechos y deberes de los ambulantes, algo que no estaba en la ley del 98. Los vendedores "tendrán que disponer de permiso de residencia y trabajo que, en cada caso, fuese exigible", si se trata de extranjeros. En la norma anterior los extranjeros debían acreditar que cumplían con la normativa específica del comercio. Los vendedores que tengan una empresa presentarán su CIF, acta de constitución, estatutos y poderes para la persona que va a estar en el puesto. Se crea una sección de comerciantes ambulantes en un registro de la Xunta donde podrán apuntarse "de forma voluntaria" aportando las altas en la Seguridad Social, y en su caso, el Impuesto de Actividades Económicas. Una tarjeta expedida por la Xunta recogerá estos datos.

- Rebajas. No se podrá realizar ninguna práctica promocional un mes antes de que empiecen las rebajas. A esta regla, el anteproyecto de la ley le añade importantes excepciones: no se aplicará si se trata de dar a conocer un nuevo producto, si la promoción está ligada a ventas con obsequios o si las campañas tienen hasta ocho días de duración.

- Usos del suelo. Aunque con carácter general, cada ayuntamiento ordenará los usos comerciales del suelo "asegurando la accesibilidad de la población a una oferta comercial suficiente", cuando esta circunstancia no se dé, "la Consellería competente podrá impulsar planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal destinados a regular la implantación de equipamientos comerciales". Para lograrlo, podrá destinar suelo adecuado para atender a las necesidades de la población. En los sectores de suelo urbanizable y polígonos de suelo urbano no consolidado donde esté previsto un uso residencial, los planes obligarán a hacer una reserva mínima de edificabilidad para comercios del 1%.

- Derecho a desestimiento. Los compradores podrán devolver los productos dentro de los siete primeros días hábiles sin penalización, aunque estarán obligados a satisfacer "los gastos directos de devolución". No se aplicará este precepto en los productos que puedan ser copiados, la prensa o los artículos hechos a medida.

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- Ferias de oportunidades. Sólo se podrán celebrar, como mucho, dos veces al año, y preferiblemente en periodo de rebajas. Los participantes deberán ser empresas radicadas en el ayuntamiento o comarca donde se realicen las ferias. Se regulan por primera vez los Outlets.

- Registros. El anteproyecto crea una serie de organismos (un observatorio, el Consello de Comercio y mesas locales) que sustituyen a la actual comisión consultiva. También se crea un registro de inscripción obligatoria y gratuita.

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