_
_
_
_
_

Ocho años de cárcel por 'mantero'

La detención repetida de inmigrantes que venden discos piratas conlleva penas similares a las de violación - El Congreso tramita un cambio legal

Mónica Ceberio Belaza

"No soy peligroso. Nunca he hecho daño a nadie. Seguro que hay otra forma de pagar lo que he hecho que estar encerrado tanto tiempo", dice Michael Kountier en la cárcel de Sevilla, donde ha pasado casi dos de sus 29 años. Es de Níger. Lo que "ha hecho" es vender CD piratas en el top manta. Aún le quedan otros seis años por cumplir. Es una pena récord por un delito de este tipo. La policía le detuvo 10 veces, entre los años 2003 y 2007, y en cada procedimiento judicial le han sentenciado a penas que van de los seis a los 16 meses de prisión. En total, ocho años. Son sólo dos menos que la mínima por homicidio, y una pena similar a la violación, castigada con cárcel de seis a 12 años. Fue también condenado a pagar a la SGAE y a otras sociedades de gestión 21.487 euros. El ruandés Joseph Faber, de 46 años, comparte prisión con Michael. Por la misma razón. Ninguno entiende la dureza del castigo.

El Gobierno ha indultado a ocho personas penadas por este delito
La reforma cambia el castigo por multa o trabajos para la comunidad
Más información
Los 'top manta' toman la calle más comercial de España para pedir que no sea delito

La venta en el top manta se castiga con cárcel (de seis meses a dos años) desde 2003. Desde entonces, más de 550 manteros han estado en prisión; 96 están entre rejas en estos momentos. La reforma penal que se está tramitando en las Cortes suaviza la norma, pero sólo en parte. La redacción actual del proyecto de ley añade la siguiente excepción: "Atendidas las características del culpable y la reducida cuantía del beneficio económico obtenido, el juez podrá imponer la pena de multa de tres a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 60 días". La venta en el top manta podrá seguir siendo castigada con prisión si así lo considera conveniente el juez.

"La mayoría de la gente no compra discos en la calle", protesta Kountier. "Pero sí los baja de Internet. Y películas. Ése es el problema. No sé por qué nos meten en la cárcel a nosotros. Hasta la policía cuando te coge a veces te dice que preferirían estar persiguiendo verdaderos delincuentes. Y los funcionarios de la cárcel se extrañan de que estemos aquí. Sólo pedimos al Gobierno que recapacite; que tenga un poco de humanidad".

Un buen número de iniciativas ciudadanas se han movilizado en contra de esta medida, por desproporcionada; y algunos jueces y secciones enteras de audiencias provinciales han decidido no enviar a prisión a los manteros. Pero es una lotería para el acusado, que no puede saber de antemano qué le va a pasar. Su suerte depende del criterio del juez que le toque. Sólo la Audiencia de Vizcaya ha alcanzado un acuerdo no jurisdiccional -en septiembre de 2009- que se aplica en todas sus secciones, por el que no se imponen penas de cárcel a la venta pirata ambulante.

La plataforma de artistas y juristas Ni un Mantero en Prisión ha solicitado al Ministerio de Justicia 60 indultos hasta el momento y ya han logrado sacar de la cárcel a cinco presos pagando las responsabilidades civiles y las multas. Porque, una vez que los manteros cumplen la pena de prisión, como suelen ser insolventes, si tienen que indemnizar o cubrir una multa, y no pueden, se quedan seis meses más en la cárcel.

Esta plataforma propone que la próxima reforma penal recoja que la venta sólo sea delito si los beneficios superan los 400 euros y que por debajo de esa cantidad sólo se impongan sanciones administrativas. "La propiedad intelectual es un interés digno de protección, pero no a costa del ingreso en prisión de los manteros; más cuando su principal fuente de perjuicios son las descargas de Internet", opina Julián Ríos, profesor de Derecho Penal de la Universidad Pontificia de Comillas. "La prisión es una reacción desproporcionada que lesiona buena parte de los principios penales en un Estado de derecho, entre ellos, el de intervención mínima y el de proporcionalidad, y que, en cuanto criminaliza la pobreza, es una reacción tremendamente injusta".

El Gobierno también ha empezado a mostrar cierta sensibilidad. El Ministerio de Justicia ha concedido ocho indultos a manteros desde junio de 2009. En todos los casos se sustituyó la prisión por una multa o trabajos en beneficio de la comunidad. Un portavoz del ministerio señala que los casos pendientes tendrán que examinarse uno a uno. Michael Kountier, por ejemplo, podría tener problemas por tener varias condenas, por la reincidencia, a pesar de que son causas antiguas.

Ésta es la segunda vez que su compañero Joseph Faber entra en prisión por el top manta. Pasó seis meses encerrado en 2008. Lo dejaron en libertad, no volvió a vender, pero fue encarcelado de nuevo porque tenía procedimientos abiertos de años atrás. Los últimos hechos son de 2005. Ha sido condenado a 31 meses de cárcel. "Tengo 46 años. Me siento solo y triste. Si hasta los 50 no me dejan salir, ¿qué va a ser de mí? Quiero formar una familia, trabajar". Salió de Ruanda por la guerra civil, en 1994. Cuando consiguió llegar a España pasó varios años trabajando en el campo. "Iba cambiando de sitio: recogida de la fresa en Huelva; uva en Zaragoza... estaba muy bien", recuerda. Hasta que no le renovaron más los papeles. Entonces salió a la calle con la manta y los CD. Ahora pasa todo el día en la enfermería de la cárcel, como ordenanza. Cuida a los enfermos, limpia y da apoyo moral a los presos que han intentado quitarse la vida.

Kountier habla un español casi perfecto, y culto. Recibe la visita de la periodista muy bien vestido, con una camisa de rayas rosas y blancas y zapatos de ante marrón. Estudió el primer curso de Económicas en Níger antes de venir a España. "En mi país había muchos problemas políticos y ninguna oportunidad de salir adelante", explica. Salió de allí con 19 años, en 2000. Tardó tres en atravesar África hasta llegar a Europa: Níger, Argelia, Libia, Túnez, de vuelta a Libia, Argelia, Marruecos y, finalmente, Ceuta.

Pasó la valla en 2003 y se instaló en Sevilla. Pidió asilo y le dieron un permiso de residencia temporal que después no le renovaron. "Sin documentos, el único modo que tenía para subsistir era el top manta", se excusa. "A veces me multaban, pero nunca pensé que iría a la cárcel". Lleva en prisión desde abril de 2008. Ha pedido que le suspendan las condenas, pero en tres casos ya se lo han denegado. Ahora su única opción es el indulto del Gobierno.

Los dos llevan dos años con la vida interrumpida. Sus novias les dejaron. "Las mujeres africanas son distintas", explica Kountier. "El hombre tiene que mantener a la mujer. Si no cumple, se acaba. Y aquí no podemos mantener a nadie". "Los políticos tienen que corregir esta indecente situación que fue generada por ellos mismos en el Código Penal de 2003", dice Julián Ríos, de la plataforma de artistas y juristas. "Está en sus manos y en su conciencia; y si la tienen, dejarán a un lado las presiones de las entidades de gestión de derechos y evitarán que más manteros sufran en la cárcel".

Dos policías locales de Valencia detienen a un vendedor ambulante.
Dos policías locales de Valencia detienen a un vendedor ambulante.SANTIAGO CARREGUÍ

Los acusados podrán evitar la prisión tras la reforma penal

El actual Artículo 270 del Código Penal castiga, desde 2003, con pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses "a quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios".

El proyecto de ley del Gobierno, que está en fase de enmiendas en el Congreso de los Diputados, suaviza la norma, pero sólo en parte. Se añade al artículo esta excepción: "No obstante, en los casos de distribución al por menor en que no se dé ninguna de las circunstancias del artículo siguiente, atendidas las características del culpable y la reducida cuantía del beneficio económico obtenido por éste, el juez podrá imponer la pena de multa de tres a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 60 días".

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Sobre la firma

Mónica Ceberio Belaza
Reportera y coordinadora de proyectos especiales. Ex directora adjunta de EL PAÍS. Especializada en temas sociales, contó en exclusiva los encuentros entre presos de ETA y sus víctimas. Premio Ortega y Gasset 2014 por 'En la calle, una historia de desahucios' y del Ministerio de Igualdad en 2009 por la serie sobre trata ‘La esclavitud invisible’.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_