¿Cómo se mide la voluntad de Europa?
El nuevo Tratado de Lisboa permite la iniciativa popular a partir de un millón de firmas - Pero la aritmética no es suficiente para fijar las cuotas
El distanciamiento que los ciudadanos están experimentando del proyecto europeo podría dar un cambio sustancial con la puesta en marcha de la Iniciativa Ciudadana Europea (ICE). Se trata de una de las disposiciones más innovadoras del Tratado de Lisboa, que supone un primer paso hacia la democracia directa. La ICE es un instrumento que permite a los ciudadanos, que si consiguen el apoyo de un millón de firmas (0,2% de la población de la Unión), proponer a la Comisión Europea que presente una propuesta legislativa sobre la cuestión que consideren de su interés. Los casos relacionados con el medio ambiente, los asuntos sociales y los descalabros causados por la crisis financiera, figuran entre los temas más sensibles que pueden movilizar a los ciudadanos para pedir a la UE que se legisle sobre estas materias.
La Comisión Europea ha abierto una consulta para recoger propuestas
La Iniciativa Ciudadana es el primer paso hacia la democracia directa
El Libro Verde sugiere soluciones concretas a cuestiones prácticas
La ICE es una de las prioridades de la presidencia española en la UE
La Comisión advierte sobre los requisitos del lugar y modo de recogida de firmas
Los organizadores han de rendir cuentas de la financiación
Se trata ni más ni menos que de transferir a los ciudadanos parte del poder de iniciativa legislativa que actualmente dispone en exclusiva el Ejecutivo comunitario. Íñigo Méndez de Vigo, eurodiputado por el Partido Popular Europeo (PPE), y ponente de la Constitución europea, considera que la Iniciativa Ciudadana "es una de las grandes novedades del Tratado de Lisboa, que permitirá involucrar más a la gente en las cuestiones europeas". Méndez de Vigo recuerda que la Iniciativa Ciudadana Europea fue introducida en el último momento de la convención por el eurodiputado del PPE, Alain Lamassoure y el parlamentario socialdemócrata alemán Jürgen Meyer. "La verdad es desde el principio fue siempre una propuesta muy ecuménica que concitó mucho consenso", asegura. Lamassoure, ha señalado que "en la era de Internet, de la apertura de la sociedad civil, de aspiraciones de una democracia participativa, aquí está un avance en casi todos los Estados miembros".
Sylvia Kaufmann, ex eurodiputada por Izquierda Unitaria Europea, ponente del informe del Parlamento sobre la ICE, considera que "es un primer paso hacia el desarrollo de una democracia directa supranacional, cuya puesta en marcha podría ayudar a crear un genuino espacio público europeo a largo plazo".
Como en tantas otras cuestiones europeas, la clave estará en su aplicación. El Tratado sólo habla de "al menos un millón de ciudadanos de la Unión que sean nacionales de un número significativo de Estados miembros". Como ha declarado Jean Claude Piris en su obra El Tratado Constitucional para Europa: un análisis jurídico, ahora se trata de establecer "el número mínimo de Estados miembros de los que deberán proceder estos ciudadanos, el mínimo de firmantes por Estado miembro, la definición exacta del término ciudadano en este contexto, las cuestiones de procedimiento, y la comprobación de firmas", entre otras.
Para preparar las respuestas, la Comisión Europea ha elaborado un Libro Verde sobre la materia y ha abierto una consulta pública en la que se recogen las propuestas de instituciones y ciudadanos en las 23 lenguas oficiales de la UE, en el sitio de la UE. La consulta estará abierta a finales de este mes. Hasta el momento, al Libro Verde y a la consulta promovidos por la vicepresidenta de la Comisión, Margot Wallström, solamente se han presentado 47 contribuciones particulares, de las que 20 son de españoles, y cinco de organizaciones. Joseph Hennon, portavoz de la Comisión, confía en que "la gente las enviará masivamente en la segunda mitad de enero".
El Libro Verde sugiere soluciones concretas a las cuestiones prácticas para aplicar la ICE, pero está a la espera de las proposiciones que se presenten en la consulta abierta para elaborar una propuesta de reglamento que deberá ser aprobado por el Parlamento y el Consejo.
Diego López Garrido, secretario de Estado para la Unión Europea, considera que el arranque de la iniciativa "es una de las prioridades de la presidencia española de la UE y como tal será abordada en el Consejo informal de Ministros de Europa que se celebrará en La Granja, Segovia, entre los 12 y 14 de enero". El objetivo es que, durante los primeros meses de este año, el Consejo y el Parlamento Europeo hayan aprobado el reglamento.
La Eurocámara, sin embargo, está elaborando una resolución sobre el Libro Verde de la Comisión con el objetivo de "suavizar al máximo las condiciones exigidas en el Libro Verde para facilitar su empleo por parte de los ciudadanos", explica Ramón Jáuregui, portavoz de la Comisión de Asuntos Constitucionales del Parlamento Europeo. Para Jáuregui, "la Iniciativa Ciudadana Europea es una pieza clave para profundizar la democracia europea y mejorar la conexión entre ciudadanos e instituciones".
En su opinión, los asuntos relacionados con la seguridad laboral, la regulación de los mercados financieros, la fiscalidad internacional, los paraísos fiscales, son todas materias muy factibles de ser abordadas a través de las iniciativas ciudadanas.
Para Raül Romeva, del grupo de Los Verdes, la ICE es "una de las aportaciones más positivas del Tratado de Lisboa, porque aproxima a los ciudadanos a la Unión Europea". Romeva señala que su grupo ya está trabajando en una iniciativa ciudadana que promueva la sede única del Parlamento Europeo, actualmente distribuida entre Bruselas y Estrasburgo, causante de un extraordinario aumento de costes y pérdida de energías.
Respecto al número mínimo de Estados de los que deben proceder las firmas, el Tratado habla de "un número significativo de Estados miembros". Se trata de garantizar que la iniciativa sea suficientemente representativa de un interés de la Unión. El Parlamento Europeo en su informe del pasado mayo propone fijar el umbral en una cuarta parte de Estados miembros, es decir, que la ICE debería estar respaldada por ciudadanos de al menos siete países. La Comisión estima, no obstante, que un umbral constituido por una cuarta parte de los Estados sería demasiado bajo para garantizar los intereses de la Unión y sugiere un tercio, es decir un mínimo de nueve países. Se apoya en que un tercio es el umbral establecido en el Tratado para "las cooperaciones reforzadas", (acuerdos entre Estados que deseen profundizar en la construcción europea). El umbral de un tercio es el que establece la Constitución Federal austriaca y en Suiza el número de cantones necesarios para celebrar un referéndum se aproxima también a un tercio.
Bruselas considera necesario establecer también un número mínimo de firmas en cada Estado miembro, para garantizar que la iniciativa cuente con el apoyo de una parte razonable de la opinión pública. Se refiere a los Estados de los ciudadanos que han presentado la iniciativa. La Comisión propone como analogía la proporción del 0,2% que es la que corresponde al millón de firmas para los 500 millones de habitantes que actualmente constituyen la población aproximada de la Unión. Esto significaría unas 160.000 firmas para Alemania, unas 94.000 para España, 20.000 para Bélgica u 800 para Malta.
Se trata de un porcentaje muy inferior al exigido en los Estados miembros que cuentan con este tipo de iniciativas legislativas. En España y Austria se exige en torno al 1,2% de la población; en Lituania es del 1,55%, mientras que en Letonia se requiere el 10% de los ciudadanos. En Hungría, Polonia, Portugal y Eslovenia, los porcentajes de firmas exigidas son también superiores al 0,2% de la población.
En su informe, el Parlamento Europeo recomienda que, para participar en una iniciativa, los ciudadanos tengan la edad necesaria para votar en las elecciones europeas en sus Estados miembros de residencia. La edad necesaria para votar en todos los países de la UE es de 18 años, excepto en Austria, que se ha fijado en 16. A pesar de la excepción de Austria, ésta parece ser la solución más pragmática. La propia Comisión reconoce que fijar la edad mínima de 16 años en todos los países crearía una carga administrativa importante al precisar la elaboración de un nuevo registro distinto del de votantes.
En algunos países como Austria, Italia, Polonia y España se precisa que las iniciativas se presenten en forma de proyectos de ley. Para la Comisión se trata de un requisito que considera innecesario, restrictivo y oneroso. La sugerencia del Ejecutivo comunitario es que en la iniciativa se expongan claramente el asunto y los objetivos, aunque no se excluye que se adjunte una propuesta legislativa.
Para garantizar la legitimidad y la credibilidad de las iniciativas deberán establecerse unas disposiciones que aseguren la verificación y autenticación de las firmas. Para la Comisión, una opción racional sería establecer una serie de disposiciones básicas a escala de la Unión Europea, que tuvieran en cuenta, por un lado, determinados requisitos mínimos para la verificación y autentificación de firmas y, por otro, la obligación de los Estados miembros de facilitar el proceso de recogida. Los países sólo podrían adoptar medidas adicionales a las fijadas por la UE. La Comisión advierte de que se deben tener en cuenta detalles relevantes sobre las condiciones de lugar y modo de recogida de las firmas, establecer en qué país debe verificarse la firma, si el ciudadano reside en un país distinto del que es nacional, y las medidas relativas a la protección de datos de carácter personal de los firmantes.
El Libro Verde se inclina por establecer un plazo razonable que sea lo suficientemente largo para permitir la celebración de una campaña que refleje la complejidad adicional derivada de su dimensión europea. En este sentido, la Comisión y el Parlamento coinciden en que un año sería un plazo razonable. En los distintos países europeos, los plazos oscilan desde los 30 días en Letonia a los seis meses en España o 18 meses en Suiza.
La Comisión considera que si se fija un plazo sería necesario exigir una modalidad de registro de la iniciativa antes de que comience la recogida de firmas. En este sentido, se sugiere que los promotores de una iniciativa concreta podrían registrarla en un sitio web facilitado por la Comisión. Este sistema ofrecería a los organizadores la confirmación del registro y un número de registro que serviría de base para poner en marcha la campaña para la recogida de firmas. También aportaría la transparencia necesaria a todo el proceso. En cualquier caso, se advierte de que este proceso de registro no debería entrañar ninguna decisión de la Comisión en cuanto a la admisión de las iniciativas. Además, los organizadores deberán tener en cuenta que la iniciativa debe entrar dentro del marco de las atribuciones de la Comisión.
El Ejecutivo, además, estima que los promotores de las iniciativas deben facilitar determinada información sobre las organizaciones que las apoyan y el modo en que se financian. El Parlamento Europeo señala en su informe que los organizadores han de rendir cuentas públicamente de la financiación de la iniciativa, incluida la procedencia de los recursos financieros. De todas formas, el Libro Verde indica que, con independencia del apoyo a las organizaciones de la sociedad civil, no se ha previsto ofrecer ninguna financiación pública específica a las iniciativas de los ciudadanos. Para la Comisión, las iniciativas pueden ser organizadas tanto por ciudadanos particulares como organizaciones.
En su resolución, el Parlamento Europeo sugirió un planteamiento del examen de las iniciativas por parte de la Comisión en dos fases. Primero, la Comisión dispondría de dos meses para verificar la representatividad de la iniciativa, y, a continuación, tres meses para examinarla y tomar una decisión con respecto al fondo de la misma. El Libro Verde propone, por su parte, que se podría obligar a la Comisión a que examine las iniciativas en un plazo razonable que no exceda los seis meses. Una vez analizada, expondrá sus conclusiones respecto a la acción prevista en una comunicación que se pondrá a disposición del público y se notificará al Parlamento Europeo.
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