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Justicia reúne el historial civil de los ciudadanos en un solo registro

La reforma acaba con la dispersión de los certificados y con el Libro de Familia

El Registro Civil, uno de los mayores monumentos a la burocracia que existen en España, vive una revolución. Las inscripciones de nacimientos, matrimonios, defunciones y tutelas, actualmente repartidas en un laberinto de 431 sedes principales y 7.667 dependencias municipales, quedarán dentro de dos años unificadas en una base de datos electrónica, a la que los ciudadanos podrán acceder desde cualquier punto de España. Desaparecerán los Libros de Familia, y cada persona podrá disponer de su historial civil a través de una clave alfanumérica denominada Código Personal de Ciudadanía.

El titular de Justicia, Francisco Caamaño, informó ayer al Consejo de Ministros sobre el anteproyecto de ley que regula esas novedades. "Se trata de un cambio conceptual radical, de arriba abajo", declaró. "Superamos el criterio de territorialidad. Cualquier declaración se podrá hacer en cualquier oficina".

La organización actual del registro data de 1957 y está rígidamente dividida por temas y por territorios. Es frecuente que un español tenga su inscripción de nacimiento en el registro de una ciudad, la de su matrimonio en el de otra y aún resida en otra más; en esos casos, para obtener un certificado debe desplazarse y realizar largas colas.

Con la nueva organización, cada ciudadano tendrá una ficha personal única. En ella constarán los hechos y los actos que le afecten, a los que podrá acceder desde cualquier oficina del Registro Civil del país (en cada comunidad autónoma existirá al menos una, y otra más por cada 50.000 habitantes). Los Libros de Familia serán sustituidos por certificaciones, que podrán ser solicitadas personalmente o a través de Internet. En todo caso, dado que las Administraciones y los funcionarios tendrán acceso a la información, en principio no necesitarán pedir tales documentos.

La modernización del Registro Civil implica, además, su "desjudicialización", según anunció ayer el ministro Caamaño. Es decir, se convertirá en un órgano administrativo, dependiente del Ministerio de Justicia y gestionado por funcionarios, aunque las decisiones de estos últimos estarán sometidas a control judicial. La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, declaró que, de esa manera, "se descarga de trabajo a los jueces para que puedan dedicarse exclusivamente a su labor".

No obstante, el anteproyecto de ley tiene aún por delante un largo camino parlamentario. Fuentes del Ministerio de Justicia estiman que el nuevo Registro no entrará en funcionamiento hasta dentro de uno o dos años. Hasta entonces seguirán emitiéndose Libros de Familia y los ciudadanos tendrán que soportar las colas de siempre.

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Lo que debe inscribirse en el Registro Civil

El Registro Civil constituye la prueba de los hechos inscritos en él. Y esos hechos son los más relevantes en la vida de cada ciudadano, desde su nacimiento hasta su muerte. Ésta es la relación de los asuntos que deben inscribirse en el Registro Civil:

- El nacimiento, el matrimonio y la defunción.

- La filiación.

- El nombre y apellidos y los cambios sobre los mismos.

- La emancipación y habilitación de edad.

- Las modificaciones judiciales de la capacidad de las personas o que éstas han sido declaradas en concurso, quiebra o suspensión de pagos.

- Las declaraciones de ausencia o fallecimiento.

- La nacionalidad y vecindad.

- La patria potestad, tutela y demás representaciones que señala la ley.

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