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La Audiencia Nacional confirma que las cajas operaron como un cartel

BBK y Vital recurrirán el fallo que deja en la mitad la multa de Competencia

Mikel Ormazabal

La justicia se ha puesto en contra de las cajas vascas en el litigio que la BBK, la Kutxa, la Caja Vital y la Caja de Ahorros de Navarra (CAN) abrieron hace dos años tras la multa multimillonaria que les impuso la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) por firmar un pacto de no agresión entre ellas y operar como un cartel en el País Vasco y Navarra. La Audiencia Nacional confirma ahora los aspectos sustanciales que motivaron aquella sanción, esto es, que las cuatro entidades acordaron repartirse el mercado y frenar la entrada de competidores, aunque ha decidido reducir a la mitad la cuantía de las multas que Competencia aplicó a la BBK y la Vital. Estas dos cajas dan por seguro que recurrirán el fallo en casación ante el Tribunal Supremo al considerar que el castigo económico sigue siendo desmesurado. La Audiencia Nacional tiene aún pendiente pronunciarse sobre los recursos que interpusieron de forma separada la Kutxa y la CAN.

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La sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional desarma los argumentos de las cuatro cajas y ratifica los criterios esgrimidos por la autoridad de la Competencia para imponer, en octubre de 2007, una multa sin precedentes en el sistema financiero español. La resolución de este organismo consideraba probaba la existencia de un acuerdo global entre las cuatro entidades ahorradoras, que incluía la no competencia entre ellas en sus respectivas áreas de influencia y la coordinación de "comportamientos competitivos frente a terceros". Así funcionaron durante 15 años, entre 1990 y 2005. Este pacto fue calificado como "un cartel, la infracción más grave prevista en las normas de defensa de la competencia". Por esta infracción, la CNC sancionó con siete millones de euros a la BBK, la misma cantidad a la Kutxa, seis millones a la CAN y cuatro millones a la CAN. Las cuantías se fijaron aplicando el 1% aproximadamente del volumen de ventas de las cajas en aquel periodo.

Las cuatro entidades imputadas recurrieron la sanción y esgrimieron que su conducta se mantuvo dentro de los límites admitidos por el derecho comunitario. También negaron explícitamente haber participado en un cartel que restringía o impedía la libre competencia, o implicaba un reparto geográfico del mercado en el País Vasco y Navarra.

La Audiencia Nacional no ha atendido estos argumentos, al considerar que existió el "hecho principal y determinante" que motivó la multa. En cambio, estima parcialmente los recursos y, en consecuencia, rebaja el castigo a la mitad porque se produjo "un menor número de hechos integrantes de la infracción continuada", se dice textualmente en las sentencias.

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La BBK y la Vital tienen 15 días de plazo para recurrir. Ambas entidades discrepan de la resolución judicial, por lo que acudirán al Supremo para que la sanción quede anulada.

Los servicios jurídicos de la Kutxa aseguraron ayer que no han recibido la respuesta a su recurso, aunque esperan que la notificación de la sentencia se produzca de forma "inminente". Sospechan que irá "en la misma línea" que las de la BBK y la Vital.

Un portavoz de la CAN explicó que su proceso por esta misma causa va "más retrasado" y se encuentra en la fase de pruebas. La entidad navarra insiste en que su comportamiento no vulneró las leyes de la competencia y que el despliegue de oficinas por el País Vasco se produjo antes de recibir la sanción.

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Sobre la firma

Mikel Ormazabal
Corresponsal de EL PAÍS en el País Vasco, tarea que viene desempeñando durante los últimos 25 años. Se ocupa de la información sobre la actualidad política, económica y cultural vasca. Se licenció en Periodismo por la Universidad de Navarra en 1988. Comenzó su carrera profesional en Radiocadena Española y el diario Deia. Vive en San Sebastián.

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