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El Supremo anula las subvenciones de Ibarretxe a familias de presos de ETA

El PNV respeta la sentencia, pero insiste en que se trataba de ayudas sociales

El Tribunal Supremo ha confirmado la anulación de las subvenciones que los gobiernos del ex lehendakari Juan José Ibarretxe establecieron para los desplazamientos de familiares de presos de ETA encarcelados fuera de Euskadi. El Supremo ratifica así una sentencia de la Audiencia Nacional que declaró que esas ayudas eran contrarias a la política del Ejecutivo central de dispersión de los reclusos etarras. El alto tribunal afirma que un "programa de asistencia social penitenciaria", como alegó el ex consejero vasco de Justicia Joseba Azkarraga (EA), no puede aplicarse a internos en prisiones de otros territorios, sobre las que esa comunidad no es competente.

El Gobierno socialista de Patxi López suprimió la partida de los Presupuestos de 2010, aunque no logró impedir que se concedieran las ayudas de 2009 -225.076 euros-, que fueron convocadas por el Ejecutivo tripartito de Juan José Ibarretxe el pasado mes de abril, cuando ya estaba en funciones y a punto de dejar el poder. El lehendakari Patxi López ya había anunciado durante la campaña para las elecciones de marzo pasado que las suprimiría por considerarlas ofensivas para las familias de las víctimas del terrorismo.

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El alto tribunal pondera la corrección de la sentencia de la Sección Segunda de lo Contencioso de la Audiencia, que aseguró que la orden de 2003 que creó estas ayudas a familiares de presos vascos "traslucía una crítica a la política penitenciara del Estado y una clara voluntad de paliar lo que se consideran efectos negativos de la misma". La sentencia ahora confirmada concluyó que, más que paliar el perjuicio a las familias que deben desplazarse fuera de Euskadi para visitar a los presos, en "el fondo y raíz" de la iniciativa estaba "la idea de que los ciudadanos vascos deben cumplir condena en establecimientos situados en el País Vasco".

En su recurso al Supremo, el anterior Gobierno vasco alegó como título habilitante para conceder las ayudas que el Estatuto de Gernika le reserva la competencia exclusiva en materia penitenciaria, aunque ésta sólo ha sido transferida hasta ahora a Cataluña, como recuerda el Supremo. La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Jesús Peces, coincide con la de la Audiencia Nacional en que "nada obstaría" a un programa de ayudas a "familiares de internos en estado de necesidad", pero "habría de quedar referido a los internos de los centros penitenciarios de la comunidad autónoma, pues la territorialidad es un límite intrínseco al ejercicio de esa competencia". También rechaza que la norma del anterior Ejecutivo vasco no infrinja la Ley General Penitenciaria.

Para el Supremo, la comunidad autónoma "ha incurrido en un exceso en el ejercicio de sus competencias en materia penitenciaria por tener como objeto la asistencia social penitenciaria en centros situados fuera de su territorio". El peneuvista Iñigo Urkullu, presidente del partido que estuvo al frente del Gobierno vasco hasta el pasado mes de mayo, manifestó ayer que respeta la sentencia, pero insistió en el argumento de mantenido por los ejecutivos de Ibarretxe de catalogar las subvenciones a los familiares de los presos de ETA como ayudas sociales.

El <i>lehendakari,</i> Patxi López, durante su mensaje televisado de Navidad.
El lehendakari, Patxi López, durante su mensaje televisado de Navidad.EFE

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