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Euskotren sancionará por falta muy grave al comité de la huelga 'salvaje'

La sociedad pública Euskotren ha calificado como "falta muy grave" el comportamiento del comité de empresa que auspició la huelga salvaje del pasado 9 de octubre, dejando a más de 100.000 usuarios sin transporte en todo el País Vasco. El operador ferroviario explicó ayer a través de un portavoz que las sanciones estipuladas para este tipo de faltas van desde la suspensión de empleo al despido de los trabajadores implicados.

La compañía quiere llevar hasta el final la depuración de responsabilidades para evitar que se reproduzca una "barbaridad" similar a la protesta convocada tras la muerte de un conductor en el accidente ocurrido en la estación de Lezama el 8 de octubre.

El procedimiento obliga a Euskotren a abrir el expediente disciplinario a los 12 miembros del comité de empresa, a pesar de que los delegados de UGT y un sindicato independiente se opusieron a la huelga, según explicó el citado portavoz. Tras calificar los hechos como muy graves, el instructor del procedimiento -un técnico de la asesoría jurídica de Euskotren- se comunicó a los implicados el pliego de cargos. Estos tienen un plazo de cinco días laborables para contestar. En esta fase, los responsables sindicales que no secundaron la huelga podrán alegar que estaban en contra de la misma y, previsiblemente, librarse de ser sancionados. Los representantes de ELA, CC OO, LAB, CGT y ESK impulsaron la convocatoria.

Las correspondientes sanciones por faltas muy graves vienen estipuladas en el convenio colectivo en vigor en la compañía ferroviaria: suspensión de empleo y sueldo desde un mes y un día, hasta tres meses; pérdida de categoría (con un mínimo de seis meses y que puede llegar a ser definitiva); traslado de residencia temporal o definitivo; y despido.

Huelga ilegal

En paralelo, Euskotren quiere lograr que la huelga sea declarada ilegal para dar respaldo jurídico a sus actuaciones. Mañana viernes tendrá lugar en Bilbao un acto de conciliación laboral, solicitado ante el Consejo de Relaciones Laborales, para intentar que los sindicatos reconozcan que la protesta era ilegal. Si el acuerdo no es posible, presentará una demanda ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que dictaría sentencia al respecto.

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El expediente sancionador puede tener una duración máxima de dos meses entre la comunicación del pliego de cargos y la imposición de la sanción.

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