El PSOE plantea que se estudie la redefinición del "cohecho impropio"
Pajín rechaza que los políticos reciban regalos "sin que importe su procedencia"

No hay un anuncio oficial de que se modificará el artículo 426 del Código Penal sobre el cohecho impropio, por el que se ha archivado la causa contra el presidente valenciano, Francisco Camps, pero "tocan a vísperas", como señalan fuentes gubernamentales. Como anticipo de que habrá "reflexión", no es baladí que la número tres del PSOE, Leire Pajín, secretaria de Organización, anticipe la disposición de los socialistas a "estudiar" la figura penal del cohecho impropio. "Todo es valorable y si se trata de actuar mejor contra la corrupción, habrá que estudiarlo", declaró a la cadena SER.
Pajín señaló a EL PAÍS que no le parece aceptable la doctrina aplicada a Camps, según la cual "un político puede recibir regalos de cierta cuantía sin que importe su procedencia". No obstante, esta dirigente socialista pide prudencia antes de lanzarse a pedir un cambio legal en coherencia con la propia tesis de los socialistas, según la cual no se puede legislar al calor de un hecho concreto. "Pero se puede estudiar todo lo que sea fortalecer el Estado de derecho frente a la corrupción".
El PSOE asegura que analiza desde hace tiempo con lupa ese artículo del Código Penal. Por tanto, si se cambia no será una improvisación, ya que en los grupos parlamentarios socialistas del Congreso y del Senado se barruntaba que el auto fuera exculpatorio.
"El Código Penal no define con claridad todas las particularidades del cohecho y la prevaricación; es excesivamente interpretable", señala a este periódico la portavoz del Grupo Socialista en el Senado, Carmela Silva. El artículo 426 es "excesivamente difuso", señala Silva, que mantiene el mismo criterio que Leire Pajín sobre los efectos de una definición "tan etérea". Ambas consideran inapropiado que "no pase nada" por el hecho de que no se pueda demostrar que se deriven tratos de favor de los regalos.
Otros dirigentes socialistas consideran "un error" que no se contemple ni siquiera la posibilidad de que haya relación entre el regalo y el fin que éste persiga. Estos interlocutores señalan que, además de modificar el Código Penal, sobre todo para definir la figura del cohecho impropio o pasivo, debería establecerse códigos de obligado cumplimiento para los miembros del Poder Ejecutivo, tanto para el Gobierno central como para los autonómicos.
Pero, además de la "laxitud" de la ley en esta materia, la portavoz socialista en el Senado quiere ir al fondo de la cuestión y rechaza la tesis de que un presidente de Gobierno, en este caso, "no se vende por cuatro trajes", como se ha repetido desde las filas del PP. A su juicio, para "muchísimos españoles", esas dádivas son elevadas y "un político honrado no las puede recibir". Además, "el auto deja claro que no se ha demostrado en absoluto que el señor Camps pagó sus trajes". "En el PP saben que millones de españoles albergan la duda de que hubo favores", apostilla Silva.
HISTORIA DEL COHECHO IMPROPIO
El cohecho (o soborno) no relacionado directamente con una contraprestación concreta es delito desde el siglo XIX. En 1848 se preveía, además de la "reprensión pública" para el funcionario que aceptaba regalos, la inhabilitación del cargo. La pena se fue suavizando hasta la "suspensión", en 1973. Desde 1995 se castiga sólo con multa.
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