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Columna
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Un bien individual

El anteproyecto de la ley andaluza de muerte digna ha recibido el dictamen favorable del Consejo Consultivo. La comunidad andaluza, a través de sus instituciones, goza de competencias para dictar la Ley de Derechos y Garantías de la dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte. Se empieza a hacer verdad lo establecido en el artículo 20 del Estatuto de Autonomía para Andalucía. También se empieza a hacer más verdad un auténtico cambio en la historia de la ciudadanía y en el desarrollo autonómico de la comunidad andaluza. Una pequeña referencia histórica nos ayuda a sostener esta afirmación.

En la Edad Media, el soberano tenía derecho de vida y derecho de muerte. El monarca tenía derecho a exigir la muerte de cualquiera de sus súbditos. Los derechos del rey eran absolutos y la defensa de su vida, como garante de la cohesión social, permitía exigir cuántas vidas de sus súbditos fueran necesarias. La vida del conjunto de la sociedad quedaba subordinada a la del rey. Era una de más de las muchas expresiones del control absoluto del monarca. Estos apuntes, que hoy pudieran parecer anecdóticos, no lo son tanto. Aún quedan demasiadas reminiscencias de aquella realidad histórica. Se sigue dictando cómo tenemos que vivir y morir, cuando el vivir y el morir se residencia en nuestra intimidad. El absolutismo sigue presente. La libertad del individuo en situaciones límite que le afectan, y entre ellas se encuentra su dignidad en el proceso final de su vida, no debería ceder a favor de ningún gobierno ni de ningún pretexto religioso. Hoy, cuando vivimos en una sociedad que ha decidido desarrollarse dentro del Estado de derecho, no pueden olvidarse las libertades individuales, que tanto han costado ganarlas. Es una buena noticia que el Consejo Consultivo haya dado luz verde a este anteproyecto de ley sobre la muerte digna.

Decir que una persona no tiene derecho a morir dignamente significa subordinar nuestra existencia, nuestra libertad y nuestra dignidad en la última fase de nuestras vidas y en situaciones dolorosas e irreversibles, a principios absolutistas y a valores religiosos en una sociedad no quiere seguir amarrada al pasado ni a principios totalitarios. Este anteproyecto de ley es, pues, un paso adelante en la consideración de la persona frente a sistemas históricos ampliamente superados, a la no intromisión de las religiones en el gobierno de una sociedad y al respeto a la libertad de la persona. Con leyes que implican cambios sociales se facilita el camino hacia la libertad del individuo. El anteproyecto va en esta línea: da primacía a la libertad de los ciudadanos y a su dignidad sobre los argumentos de política religiosa extrema.

Sin duda la persona tiene derecho a vivir, y el Estado tiene la obligación de garantizar su vida. La vida está integrada en la sociedad, forma parte de ella. Sin embargo, cuando la vida deja de ser vida, el Estado no tiene justificación alguna para impedir, como un bien individual que es nuestro, que podamos renunciar a seguir viviendo. La vida en estos casos es de la persona y de nadie más. Sus motivos a renunciar son suyos. Puede, y de hecho los hay, que existan argumentos que puedan justificar posiciones contrarias a esta renuncia, pero siempre serán argumentos de otros, y sus razones por mucho que se disfracen de protección de la persona solo sirven a sus intereses y no al derecho individual a morir dignamente. El anteproyecto sobre este derecho, que cuenta con el informe favorable del Consejo Consultivo, da un paso adelante para salvaguardar la libertad de vivir y morir con dignidad, al tiempo abre un espacio más en la nueva consideración de la ciudadanía y en el desarrollo autonómico, dejando atrás hipocresías sociales y centralismos anacrónicos.

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