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El CGPJ aparta al juez Urquía de su destino en Marbella

El magistrado fue condenado por cobrar un soborno de Roca

Fernando J. Pérez

El magistrado Francisco de Urquía, condenado por el Tribunal Supremo a 21 meses de suspensión por cobrar 73.800 euros de Juan Antonio Roca a cambio de prohibir un programa de televisión sobre el cerebro de la corrupción en Marbella, podrá reincorporarse si lo desea a la carrera judicial, pero no podrá regresar al juzgado en el que cometió el cohecho. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), máximo órgano de gobierno de los jueces, acordó ayer "declarar la pérdida del destino que ocupaba el magistrado condenado en el Juzgado de Instrucción número 2 de Marbella".

La plaza de la que Urquía era titular se incluirá en el próximo concurso de traslados entre magistrados, según una escueta nota emitida por el CGPJ, que no recibió la notificación de la sentencia firme hasta el pasado miércoles.

El juez no podrá incorporarse ya a la judicatura al tener otra suspensión

De cualquier modo, Urquía no podrá regresar inmediatamente a la judicatura, de la que fue apartado cautelarmente en julio de 2007. Sobre el magistrado pesa otra suspensión, ya que está siendo investigado por prevaricación y cohecho por haber pedido presuntamente dinero a cambio de resoluciones favorables a varios imputados en el caso Hidalgo de blanqueo de capitales, que instruía él.

En el caso del programa de televisión sobre el patrimonio de Roca, el Supremo redujo a 21 meses de suspensión para el cargo de magistrado la condena a dos años de prisión y siete de inhabilitación que impuso a Urquía en agosto de 2008 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por prevaricación y cohecho. De la pena impuesta en primera instancia, el alto tribunal sólo mantuvo la multa de 73.800 euros, importe cobrado ilegalmente por el magistrado.

El Supremo absolvió a Urquía del delito de prevaricación por el que le condenó el TSJA. El alto tribunal entendió que la decisión de suprimir el reportaje no era injusta en sí misma. Además consideró de poca importancia los defectos formales en los que incurrió Urquía a la hora de decretar la prohibición del programa que molestaba a Roca. Al retirar este delito de prevaricación, había que aplicar un tipo de cohecho más leve, ya que el soborno no se recibió a cambio de que el juez cometiera un acto delictivo sino por ejercer su cargo legalmente. Con esta nueva interpretación, los magistrados de la sala de lo Penal del Supremo ahorraban a su compañero de carrera Urquía una pena de cárcel.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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