La Audiencia tramita el indulto para la mujer condenada por una colleja
La orden de alejamiento del menor quedará en suspenso mientras tanto
María del Saliente no tendrá que alejarse de su hijo David. Esta mujer de Pozo Alcón (Jaén), que fue condenada a estar más de un año separada de su primogénito de 12 años por haberle dado una colleja para reprenderle por no haber hecho los deberes, podría haber ahuyentado la pesadilla que le ha perseguido desde que, a principios de diciembre, se le comunicó una pena recibida con perplejidad desde diferentes sectores sociales. La sección segunda de la Audiencia Provincial de Jaén confirmó ayer que se va a proponer al Ministerio de Justicia el indulto de la pena relativa a la prohibición de aproximación a su hijo, una medida que supondrá en la práctica que se suspenda la ejecución de la sentencia.
Los magistrados reconocen perjuicios para los dos hijos
"Su aplicación puede producir consecuencias perjudiciales para los dos hijos menores de la acusada. (...) Es claro que si dicha prohibición sólo afecta a uno de ellos, se produciría una indeseada separación de los hermanos, o incluso una situación de desamparo provocada por la aplicación imperativa y rigurosa de una norma penal que en el caso, no grave y aislado en el seno familiar, la Sala considera no resultaría proporcionada, ni aún necesaria a los efectos de la finalidad de la misma, de reeducación y protección de la víctima", aseguran los magistrados en la sentencia.
La medida fue respaldada ayer por el fiscal jefe de Jaén, José María Casado. "La pena de alejamiento no tenía razón de ser, en interés del menor es conveniente proponer el indulto". Hay que tener en cuenta que tanto la madre como el padre del menor son sordomudos y tienen la capacidad comunicativa mermada, y su hijo reconoció que sólo les entiende a veces, algo, se expone en la sentencia, que dificulta su educación.
Con todo, la petición de indulto, apoyada por más de 3.000 firmas de vecinos de Pozo Alcón, deja, no obstante, en un segundo plano la decisión de la Audiencia de Jaén de estimar el recurso de la Fiscalía y elevar la pena de prisión para María del Saliente desde los 45 días de prisión iniciales a 67 días (no tendrá que ingresar en la cárcel), y la orden de alejamiento de su hijo, desde un año y 45 días hasta un año y 67 días, al entender que el Juzgado de lo Penal la aplicó de forma errónea por no tener en cuenta la agravante de que los hechos tuvieron lugar en el domicilio familiar. Este aumento de la pena ha contrariado a esta familia de Pozo Alcón. "Mi mujer está preocupada porque no se explica porqué le suben la pena", explicó con dificultades el padre, José Domingo.
De igual forma desestima el recurso presentado por la defensa de la mujer pidiendo su libre absolución. "No se trata, como se dice en el recurso, de un simple acto de reprensión de una conducta previa impropia, sino de la utilización de la violencia física como único medio de corrección de una conducta de cierta violencia, el lanzamiento de una zapatilla, quizás al verse desbordada por un chiquillo rebelde y difícil que se enfrenta a ella y no asume las órdenes y disciplina del hogar", se indica en el fallo de la Audiencia.
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